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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de octubre de 2010 426828 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Programa de Expertos Voluntarios de Edad Madura”, adoptado mediante intercambio de notas entre la APCI y la Agencia de Cooperación Internacional de Japón Entrada en vigencia del “Programa de Expertos Voluntarios de Edad Madura”, adoptado mediante intercambio de Notas, Nota APCI DE Nº 7-4-G/022, de 30 de enero de 2004 de la Agencia de Cooperación Internacional y Nota JP-2003/614 de 30 de enero de 2004, de la Agencia de Cooperación Internacional de Japón y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 001-2005-RE, de fecha 11 de enero de 2005, publicado con el texto del Programa el 17 de enero de 2005. Entró en vigencia, el 30 de enero de 2004. 550565-1 Entrada en vigencia del Convenio Específico entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Apoyo Financiero Sectorial al Seguro Integral de Salud (SIS) en los departamentos de Ayacucho, Apurímac y Cajamarca” Entrada en vigencia del Convenio Específi co entre la República del Perú y el Reino de Bélgica relativo al “Programa de Apoyo Financiero Sectorial al Seguro Integral de Salud (SIS) en los departamentos de Ayacucho, Apurímac y Cajamarca” suscrito el 12 de octubre de 2005, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 081-2006- RE, de 14 de diciembre de 2006, publicado el 15 de diciembre de 2006. Entró en vigencia, el 12 de octubre de 2005. 550566-1 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de resolución que aprueba el Procedimiento Técnico del Comité de Operación Económica del Sistema “Cálculo de la Energía Dejada de Inyectar por Causas Ajenas al Generador RER” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 229-2010-OS/CD Lima, 28 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el diario ofi cial El Peruano, por un plazo no menor de 15 días calendario, a fi n de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias a la misma, sin que ello tenga carácter vinculante ni de lugar a procedimiento administrativo; Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN el proyecto de resolución que aprueba el Procedimiento Técnico del Comité de Operación Económica del Sistema “Cálculo de la Energía Dejada de Inyectar por Causas Ajenas al Generador RER”; Que, fi nalmente se han expedido los Informes Nº 0336- 2010-GART y Nº 338-2010-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal Interna de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba el Procedimiento Técnico del Comité de Operación Económica del Sistema “Cálculo de la Energía Dejada de Inyectar por Causas Ajenas al Generador RER”, Anexo de la presente resolución, conjuntamente con su exposición de motivos. Artículo 2º.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendarios, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico Nº 224 0491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: ProcCOESRER@osinerg.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Srta. Ana Rosa Vallejos Cordero. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de modifi caciones, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Artículo 4º.- La presente resolución, conjuntamente con su Anexo, deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y consignada con los Informes Nº 0336- 2010-GART y Nº 338-2010-GART en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo