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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de octubre de 2010 426811 estos efectos publicar por una (01) vez en el Diario Ofi cial El Peruano y en otro de circulación regional, así como en la Página Web institucional, la relación de bienes y actos materia de saneamiento a fi n de terceros que se sientan afectados en algún derecho puedan oponerse judicialmente a la inscripción defi nitiva; Que, el artículo 56º y 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que son bienes de propiedad municipal los terrenos ribereños transferidos por el Gobierno Nacional y que estos se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 007- 2008-VIVIENDA, por los Decretos Supremos Nºs. 130 y 136-2001-EF, Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972 y demás normas complementarias y conexas, y; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 607-2009/ DDU/MDP de fecha 4 de noviembre del 2009 e Informe Legal Nº 0459-2009/OAJ/MDP de fecha 10 de noviembre del 2010 y Resolución Directoral Nº 007-2010/DDU/MDP de la Dirección de Desarrollo Urbano de fecha 11 de marzo del 2010. RESUELVE: Artículo Primero.- Rectifi car el área y medidas perimétricas del inmueble denominado “zona urbanizable de Naplo” con un área de 6,400 m2, la “zona urbanizada y lotizada de Naplo” con un área de 12,647.50 m2, así como la “futura urbanización Naplo con una extensión de 80,000 m2 que corre inscrito en la Partida Registral No. 85002 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima, por el área real de 297,766.30 m2 conforme al Plano Perimétrico Nº 003-2010/DDU/MDP y Memoria Descriptiva Nº001-NAPLO/DDU/MDP, que sustentan la presente Resolución. Artículo Segundo.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la rectifi cación del área y medidas perimétricas dispuestas en el artículo precedente en el Registro de Predios. Regístrese, comuníquese, cúmplase. JUAN JOSE CUYA ESPINOZA Alcalde 549838-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Disponen la suspensión parcial de labores los días viernes 1, sábado 2 y domingo 3 de octubre de 2010 para dar facilidades a trabajadores para desplazarse a sus centros de votación DECRETO DE ALCALDÍA N° 017 San Isidro, 30 de setiembre de 2010 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2010- PCM publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 30 enero de 2010, se convocó a elecciones de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de toda la República, y de la Provincia Constitucional del Callao, para el domingo 3 de octubre del presente año, así como a Elecciones municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República para la misma fecha; Que, siendo así, es política de la actual gestión brindar todas las facilidades a sus trabajadores sin importar el régimen laboral y/o contractual bajo el cual brindan servicios a la institución, para que cumplan con su deber cívico y se desplacen a los centros de votación que les correspondan, con la anticipación necesaria y evitar posibles contratiempos; Que, con Decreto de Urgencia Nº 099-2009 de fecha 22 de octubre de 2009, se estableció como días hábiles para el cómputo de determinados plazos administrativos a los días sábados, domingos y feriados no laborables, como parte del Plan de Estímulo a la Economía del Gobierno, para mantener el dinamismo de la economía, con lo cual se estableció, que los gobiernos locales, deben de establecer turnos entre su personal que cubran los siete (7) días de la semana durante todo el año, garantizando la atención al público para dichos efectos; Que, por ello, a fi n de facilitar el desplazamiento del personal de la Corporación Edil a los centros de votación, se hace necesario reestructurar temporalmente la capacidad operativa de la Institución, y reajustar las labores administrativas de acuerdo a las posibilidades de cada área, suspendiéndose la recepción de expedientes de procedimientos administrativos en trámite documentario, los días viernes 1, sábado 2 y domingo 3 de octubre de 2010, con excepción de la atención de los servicios básicos que se brindan a la colectividad como seguridad ciudadana, limpieza pública, parques y jardines, etc; no afectando dicha suspensión el cumplimiento de los plazos legales establecidos para los procedimientos administrativos en trámte; Que, asimismo, las Gerencias deberán adoptar las medidas necesarias para reprogramar sus actividades con posterioridad y cumplir con los plazos establecidos en los procedimientos administrativos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer Excepcionalmente la suspensión parcial de laborales los días viernes 01, sábado 02 y domingo 03 de octubre de 2010 para dar facilidades a sus trabajadores para desplazarse a sus centros de votación, para lo cual se: o Suspende la recepción de expedientes de procedimientos administrativos en el Equipo Funcional de Gestión Documentaria. o Reajusta las labores administrativas de acuerdo a las posibilidades reales de cada área. Artículo Segundo.- Dicha suspensión no afecta la atención de los servicios básicos que se brindan a la colectividad como seguridad ciudadana, limpieza pública, parques y jardines, etc. Artículo Tercero.- Para el cómputo de los plazos legales de los procedimientos administrativos en trámite los días suspendidos se considerarán hábiles conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 099-2009. Artículo Cuarto.- Las unidades orgánicas de la Municipalidad deberán realizar las coordinaciones necesarias con la Gerencia de Recursos Humanos respecto al control del horario de trabajo de su personal. Regístrese, comuníquese y publíquese. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 550313-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 311-MSI Mediante Ofi cio Nº 0435-2010-0600-SG/MSI, la Municipalidad de San Isidro solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 311-MSI, publicada en nuestra edición del día 22 de setiembre de 2010. En el Artículo Único; DICE: “Artículo 29º numeral 2 literal i) y numeral 3 literal g), el cual quedará redactado de la siguiente manera:”