Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2010 (31/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Edificaciones; la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 ; y demas normas vigentes sobre la materia. SE RESUELVE Articulo Primero.- Aprobar la sub-Division del Lote Matriz de 3023.00m2, ubicado con frente a la MORDAZA La Calera de La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) constituido por una Parcela que formo Parte del Fundo La Calera de La MORDAZA, del Distrito de Surquillo de la Provincia y Departamento de Lima; con la zonificacion VT (Vivienda Taller), conforme al area linderos y medidas perimetricas siguientes: 1.- DEL TERRENO MATRIZ El area referida se encuentra ubicado en la MORDAZA La Calera de La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) constituido por una Parcela que formo Parte del Fundo La Calera de La MORDAZA , del Distrito de Surquillo de la Provincia y Departamento de MORDAZA de la Provincia y Departamento de MORDAZA y tiene un area de 3023.00 m2 ; con los linderos y medidas perimetricas siguientes: - Por el frente con la MORDAZA La Calera de La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) con 47.20 metros lineales. - Entrando por el lado derecho con terreno MORDAZA, Propiedad de Terceros con 55,00 metros lineales. - Por la izquierda con Terreno MORDAZA (Ahora MORDAZA Yarinacocha) con 51,50 metros lineales. - Por el fondo con terreno MORDAZA (Ahora MORDAZA Corrientes) MORDAZA MORDAZA Los MORDAZA, con 70.20 metros lineales. 2.- DE LA SUBDIVISION De ahora en adelante se inscribira la SUB-DIVISION del Lote Matriz en un Sub-Lote y en un Area Remanente del Lote matriz de la Siguiente manera: SUB-LOTE - UBICACION : Se ubica en la MORDAZA Corrientes (Antes MORDAZA los Angeles) del Distrito de Surquillo, Provincia y Departamento de Lima. Con un area de 372,56 m2 con los linderos y medidas perimetricas siguientes : - Por el frente con el Area Remanente Propiedad de Corpac; hoy MORDAZA Corrientes (Antes MORDAZA Los Angeles) con 18.30 metros lineales. - Por el lado derecho con el Area Remanente Propiedad de Corpac con 37.50 metros lineales. - Por el lado MORDAZA con la Propiedad de Terceros con una linea recta de 41,72 metros lineales. - Por el fondo con el Area Remanente Propiedad de Corpac; hoy MORDAZA La Calera de La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) con 1,57 metros lineales. AREA REMANENTE - UBICACION : Se ubica en la MORDAZA La Calera De La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) Con un area de 2650.44 m2 con los linderos y medidas perimetricas siguientes : - Por el frente con la MORDAZA La Calera De La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada) con 47.20 metros lineales. - Por el lado derecho con Propiedad de Terceros con una Linea Quebrada de 5 Tramos ,el Primero de 5.05 metros Lineales con la MORDAZA La Calera De La MORDAZA (Antes Avenida Proyectada), el MORDAZA dobla a la izquierda con 1.57 metros Lineales con el Sub-Lote que se Divide ,el Tercero dobla a la derecha con 37.50 metros Lineales con el Sub-Lote que se Divide, el MORDAZA dobla a la derecha con 18.30 metros Lineales ,con el Sub-Lote que se Divide, hoy la MORDAZA Corrientes (Antes MORDAZA Los Angeles) y el MORDAZA dobla a la izquierda con 8.23 metros Lineales con la MORDAZA Corrientes (Antes MORDAZA Los Angeles). - Por el lado MORDAZA con MORDAZA Yarinacocha (Antes Terreno rustico) con 51.50 metros Lineales.

- Por el fondo con Terreno MORDAZA, ahora MORDAZA Corrientes (Antes MORDAZA Los Angeles) con 70,20 metros lineales. Articulo Segundo.- Otorgar la Presente Resolucion a merito del Informe Nº 23-2010-SPTF presentado a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro. Articulo Tercero.- Las caracteristicas del Sub Lote resultante y Area Remanente; figuran en los Planos y Memoria Descriptiva y anexos, que forman parte de la presente Resolucion debidamente visados. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, que corre a cargo de los recurrentes, el cual debe efectuarse dentro de 30 dias a partir de la notificacion. Articulo Quinto.- Transcribase esta Resolucion al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA SERPAR para la revision de los aportes que correspondan, asimismo, a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, para la Inscripcion Inmobiliaria que corresponda. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente determinacion a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro y a la Sub Gerencia de Administracion Documentaria y Archivo. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Desarrollo MORDAZA 561517-1

MUNICIPALIDAD CP MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA
Aprueban Beneficio de Regularizacion Tributaria y no Tributaria
ORDENANZA Nº 088-MCPSMH MORDAZA MORDAZA de Huachipa, 1 de octubre de 2010. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CENTRO POBLADO DE MORDAZA MORDAZA DE HUACHIPA. POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesion Ordinaria en la fecha, visto el dictamen Nº 02-2010-MCPSMH de la Comision de Administracion Tributaria y por Unanimidad, aprobo, lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 768-MLM, que regula la adecuacion de la Municipalidad del Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Huachipa a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su Art. 5º considera "como Recursos de la Municipalidad del C. P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, las Rentas facultadas a recaudar por Acuerdo de Creacion Nº 014-92 de fecha 23 de enero de 1992, asi como los que implique la presente Ordenanza" Que, conforme, a lo establecido en las normas III parte in fine y IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario DS N 135-99EF los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus Contribuciones, Arbitrios, Derechos y Licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley y conceder Beneficios Tributarios de conformidad con el articulo 9º del DL Nº 981. Que, por lo expuesto en los parrafos precedentes y atendiendo el pedido de los Contribuyentes y siendo politica de la actual Gestion Municipal en materia Tributaria y no Tributaria, brindar las maximas facilidades a todos los contribuyentes de la jurisdiccion del Centro Poblado a efectos de que se pueda cumplir con sus obligaciones. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º, numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y Decreto Supremo Nº

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