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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (03/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de setiembre de 2010 424922 referido tipo de cambio, se utilizará el último que hubiera sido publicado al día de operaciones. El Modelo SUCTR deberá tener componentes de hardware y software que aseguren la recepción, proceso y envío de los datos suministrados por los contadores de la máquina tragamonedas sin causar pérdida y/o alteración de la información de dichos contadores. El presente Anexo no limita que el Modelo de SUCTR pueda manejar contadores adicionales a los antes indicados. 5. EVENTOS SIGNIFICATIVOS (DATOS TECNICOS) Se entenderá por Eventos Signifi cativos o Datos Técnicos aquella información que genera la máquina tragamonedas y/o el Modelo SUCTR que es considerada relevante en el presente Reglamento para las labores de fi scalización y control del MINCETUR y/o la SUNAT. Para el envío de dicha información deberá tenerse en cuenta la estructura establecida en el ANEXO I-A y ANEXO I-C del presente Reglamento 5.1. Todos los Eventos Signifi cativos o Datos Técnicos transmitidos al Data Center en línea o a tiempo real, deberán contener necesariamente la siguiente información: 5.1.1 Fecha y hora del evento; 5.1.2 Identifi cación de la máquina tragamonedas y/o colector y transmisor de datos que generó el evento signifi cativo; 5.1.3 Código específi co que defi na el evento signifi cativo; y 5.1.4 Texto breve que describa el evento en el idioma inglés o español. 5.2. Los Eventos Signifi cativos o Datos Técnicos que serán transmitidos en línea al Data Center, son los siguientes: 5.2.1. Pérdida de comunicación del colector y transmisor de datos con el servidor de sala; 5.2.2. Restauración por cortes en el fl ujo de energía eléctrica de la máquina tragamonedas; 5.2.3. Error de la máquina tragamonedas por batería baja de la memoria RAM, siempre que dicho evento esté contemplado en el protocolo de comunicación de la máquina. 5.2.4. Apertura de puerta de la caja lógica (a través de la activación de un sensor instalado para tal fi n. Los eventos Signifi cativos o Datos Técnicos antes indicados deberán enviarse como mínimo una (1) vez cada 24 horas, con cierre de operaciones a las 8:00 horas. 5.3. Los Eventos Signifi cativos o Datos Técnicos que serán transmitidos a tiempo real al Data Center son los siguientes: 5.3.1. Pérdida de comunicación de la máquina tragamonedas con el colector y transmisor de datos; 5.3.2. Falla de la memoria del colector y transmisor de datos, de ser el caso 5.3.3. Falla de la memoria RAM de la Máquina Tragamonedas 5.3.4. Borrado o cereo del contenido de la memoria de datos de la máquina tragamonedas. Los datos transmitidos en tiempo real entre la máquina tragamonedas y el colector y transmisor de datos podrán tener un retardo máximo de 500ms. Asimismo, el cereo a que hace referencia el presente Reglamento es al borrado de los datos contables almacenados en las memorias RAM de auditoría u otro medio de almacenamiento que cumpla la misma función en la máquina tragamonedas. El Modelo SUCTR deberá contar con un mecanismo que permita acreditar el envío de los datos y/o eventos signifi cativos detallados en el punto 5 del presente Anexo. Dicho mecanismo deberá ser necesariamente certifi cado por la Entidad Califi cada. En el caso de cereo (Borrado del contenido de la memoria que aloja los datos económicos ó contadores) de la máquina tragamonedas instalada en la sala de juegos, el Modelo SUCTR debe enviar el integro de la información contenida en los ANEXO I-A, ANEXO I-B y ANEXO I-C debiéndose incluir el último valor de los contadores antes de la ocurrencia del evento, así como de los nuevos valores generados por la máquina tragamonedas después del mismo; sin perjuicio de la comunicación que el titular deba presentar ante la SUNAT. 6. RELOJ DEL SISTEMA. El Modelo SUCTR debe mantener un reloj interno que refl eje la hora actual (formato de 24 horas) así como la fecha que será utilizada para proporcionar la siguiente información: 6.1. Cambios en la confi guración del Modelo SUCTR; 6.2. Registros de los eventos signifi cativos. Todos los servidores del Modelo SUCTR deberán tener la hora ofi cial peruana. 7. LAS COPIAS DE SEGURIDAD Y LA RESTAURACIÓN El Modelo SUCTR tendrá redundancia y modularidad de manera que si hay alguna falla en un solo componente o parte de un componente del Modelo SUCTR, las máquinas tragamonedas podrán seguir operando. El Titular será responsable de mantener las copias redundantes de cada archivo de registro o base de datos del sistema o ambos en el Modelo SUCTR con soporte abierto para las copias de seguridad y la restauración. La información podrá ser grabada en dispositivos de almacenamiento estándar (DVD´s, DAT LTO¨ u otros). 7.1. Requisitos para la restauración. En caso de una falla catastrófi ca donde el Modelo SUCTR no pueda restaurarse de ninguna otra manera, el Titular será responsable que el sistema sea puesto nuevamente en operatividad recuperando la totalidad del contenido de la copia de seguridad la misma que no debe tener una antigüedad mayor a 24 horas, incluyendo como mínimo la siguiente información: 7.1.1. Eventos signifi cativos; 7.1.2. Información de contabilidad; y 7.1.3. Información de auditoría; 8. MODIFICACIÓN DE LOS DATOS El Modelo SUCTR garantizará la inviolabilidad de la información del registro de los contadores o eventos signifi cativos generados por las máquinas tragamonedas. Excepcionalmente el Titular podrá efectuar modifi caciones, las mismas que deberán ser automáticamente registradas en un diario de auditoría no alterable del Modelo SUCTR, consignándose como mínimo la siguiente información: 8.1. Identifi cación del dato cambiado y/o alterado (de contabilidad, evento signifi cativo u cualquier otro); 8.2. La información o el valor previo del dato cambiado y/o alterado; 8.3. La información o el valor actual del dato cambiado y/o alterado; 8.4. La fecha y la hora de la alteración; y 8.5. El usuario que efectuó la alteración. 9. CONTROL DE ACCESO AL MODELO SUCTR El Modelo SUCTR deberá soportar una estructura jerárquica mediante la cual el Titular asigne los usuarios y contraseñas que defi nan el nivel de acceso a los aplicativos del software de administración. Además, la información generada por las máquinas tragamonedas sólo podrá ser modifi cada por los usuarios autorizados con privilegio de administrador. Asimismo, el Modelo SUCTR deberá notifi car al administrador del sistema y bloquear al usuario después de un número fi jo de intentos de ingreso frustrados.