Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

424927
Sancion Multa 5 UIT

Nº Infraccion Clase de infraccion 2 No reportar por parte del Titular a la DGJCMT en un lapso de tiempo no mayor de una (1) hora de producida Grave cualquier MORDAZA, averia, desperfecto o cualquier circunstancia que impida la correcta operatividad del Modelo SUCTR, sea esta parcial o total. 3 No reportar por parte del Titular a la DGJCMT el restablecimiento del Modelo SUCTR en un plazo menor de Leve una (1) hora 4 Operar por parte del Titular un Modelo SUCTR que ha sido alterado o modificado no cumpliendo con las Muy Grave * especificaciones tecnicas de su certificacion. 5 No implementar por parte del Titular un Modelo SUCTR en la sala de juegos de maquinas tragamonedas. Muy Grave * 6 Explotar por parte del Titular maquinas tragamonedas que no se encuentren interconectadas con un Modelo Grave SUCTR. 7 Explotar por parte del Titular maquinas tragamonedas que no transmitan informacion al Modelo SUCTR y/o Grave al MINCETUR 8 Explotar por parte del Titular, maquinas tragamonedas que se encuentren interconectadas con un Modelo Muy Grave * SUCTR no autorizado y no registrado por la DGJCMT. 9 No remitir previamente la informacion senalada en los articulos 18º y 19º del presente Reglamento, por parte Leve del Titular 10 No solicitar motivadamente por parte del Titular la autorizacion de la DGJCMT cuando se efectue la Grave desactivacion total o parcial del Modelo SUCTR por un plazo mayor de una (1) hora. 11 No proceder por parte del Titular a suspender temporalmente sus actividades en la sala de juegos de Muy Grave tragamonedas cuando el Modelo SUCTR esta inoperativo parcial o totalmente por un lapso mayor a 24 horas 12 Impedir u obstaculizar por parte del Titular las labores de la fiscalizacion de la DGJMT del Modelo SUCTR Muy Grave implementado 13 Asignar, encomendar, delegar o subcontratar, por parte de la Entidad Calificada, bajo cualquier modalidad y/o Muy Grave * circunstancia, con terceros, la realizacion total o parcial de las pruebas y/o ensayos requeridos para certificar el cumplimiento de los estandares tecnicos minimos exigidos al Modelo SUCTR. 14 Permitir, facilitar o favorecer por parte de la Entidad Calificada, la participacion, en las labores de certificacion, Muy Grave de personal tecnico que no se encuentre debidamente acreditado ante la DGJCMT,. 15 Otorgar por parte de la Entidad Calificada Certificados de Cumplimiento SUCTR respecto a un Modelo que no Muy Grave * cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Anexo I del presente Reglamento, 16 No remitir en plazo dispuesto, a la DGJCMT un sumario de las pruebas realizadas asi como de los Leve procedimientos y criterios adoptados para considerar que un Modelo SUCTR cumple o incumple con las exigencias tecnicas para su uso de acuerdo a las presentes disposiciones, por parte de la Entidad Calificada. 17 No llevar un registro permanente en el que se deje MORDAZA de los examenes tecnicos, informes, Muy Grave comunicaciones y/o certificaciones que realicen en aplicacion del presente Reglamento y/o Directivas, por parte de la Entidad Calificada. 18 No brindar todas las facilidades al personal acreditado de MINCETUR para las funciones de fiscalizacion en Muy Grave la Entidad Calificada. 19 El incumplimiento de cualquier otra obligacion contemplada en las presente Reglamento y Directivas, cuya Leve gravedad se evaluara de conformidad con la Ley Nº 27444 y normas complementarias. Grave Muy Grave * SIN PERJUICIO DE LA MEDIDA CORRECTIVA DE CIERRE TEMPORAL

Multa 1 UIT Multa 10 UIT Multa 10 UIT Multa 5 UIT por cada maquina Multa 5UIT por cada maquina Multa 10 UIT Multa 1 UIT Multa 5 UIT Multa 10 UIT Multa 10 UIT Multa 10 UIT

Multa 10 UIT Multa 10 UIT Multa 1 UIT

Multa 10 UIT

Multa 10 UIT Multa 1 a 10 UIT

538672-1

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU., Brasil y Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 948-2010-DE/SG MORDAZA, 1 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 934 de fecha 26 de agosto de 2010 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del programa bilateral entre la Fuerza Aerea de los Estados Unidos de MORDAZA y la Fuerza Aerea del Peru, se tiene previsto llevar a cabo el Curso de Supervivencia en la MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de Iquitos; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin

MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 y la Ley Nro. 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, detallado a continuacion, del 18 de setiembre al 01 de octubre de 2010, para llevar a cabo el Curso de Supervivencia en la MORDAZA, en la MORDAZA de Iquitos: 1. TECNICO DE 3ra. (SSGT) MORDAZA MORDAZA MOONEY 2. SUB-OFICIAL 3ra. (SRA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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