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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (03/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de setiembre de 2010 424928 Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 538267-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 949-2010-DE/SG Lima, 1 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 896, de fecha 17 de agosto de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de la “VII Reunión de Estados Mayores de la Marina de Brasil y la Marina de Guerra del Perú”, se incluyó el acuerdo denominado “Operación Marítima Binacional” que se iniciará en el año 2011 en aguas jurisdiccionales del Perú; Que, la Marina de Guerra del Perú y la Marina de Brasil, han convenido realizar una reunión de Planeamiento de la Operación Bilateral, en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Federativa de Brasil, detallado a continuación, del 13 al 19 de setiembre de 2010, para participar en la reunión de Planeamiento de la Operación Bilateral entre la Marina de Brasil y la Marina de Guerra del Perú: 1. Capitán de Fragata Mário Rubens Giordano Simões 2. Capitán de Corbeta Christian Drumong Hingst Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 538267-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 950-2010-DE/SG Lima, 1 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-955 de fecha 31 de agosto de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador sin armas de guerra; Que, la “II Reunión Extraordinaria de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Ecuador”, se llevará a cabo en nuestro país, en atención a lo acordado en la reunión precedente realizada en la ciudad de Machala, el pasado mes de julio; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”, y; Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República al personal militar de la República del Ecuador, detallado a continuación, para participar en la “II Reunión Extraordinaria de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Ecuador”, del 03 al 05 de setiembre de 2010, en la ciudad de Piura: 1. General Ernesto Gonzáles V. 2. Teniente Coronel Octavio López 3. Mayor Ramón Vaca 4. Sargento Balseca Cristóbal Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 538267-3 ENERGIA Y MINAS Constituyen derecho de servidumbre legal de ocupación para la ampliación y el funcionamiento del Aeródromo ubicado en la Planta de Separación de Líquidos de Malvinas en el Lote 56, a favor de Pluspetrol Perú Corporation S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 054-2010-EM Lima, 2 de septiembre de 2010 VISTO, el Expediente Nº 1816694 y sus Anexos Nºs. 1822486, 1825217, 1827702, 1832155, 1838801,