Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

425485

Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resolucion Viceministerial Nº 368-2009-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA, a fin de incorporar a las localidades de Checca y MORDAZA MORDAZA, conforme se indica a continuacion: Localidad: CHECCA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 230 93.9 246 97.1 278 103.5 282 104.3 286 105.1 290 105.9 Total de MORDAZA : 6 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Localidad: MORDAZA MORDAZA Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 210 89.9 218 91.5 226 93.1 234 94.7 246 97.1 258 99.5 270 101.9 274 102.7 282 104.3 290 105.9 Total de MORDAZA : 10 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

540075-1

VIVIENDA
Autorizan incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio para el Ano Fiscal 2010 destinados al Programa Agua para Todos, a fin de ejecutar proyectos de saneamiento en la provincia de Chincha
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2010-VIVIENDA
MORDAZA, 8 de setiembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, los recursos del "Fondo para la Reconstruccion - Sismo 15 de agosto de 2007" creado por el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007 son incorporados en los pliegos presupuestarios que realicen las actividades, proyectos

y programas priorizados por el Directorio de FORSUR o quien haga sus veces, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para cuyo efecto FORSUR comunica, mediante resolucion de la mas alta autoridad del FORSUR, al Ministerio de Economia y Finanzas, para que a traves de la Direccion Nacional de Tesoro Publico, efectue directamente la asignacion financiera correspondiente, con cargo a los citados recursos, a favor de la entidad publica beneficiaria a traves de la unidad ejecutora o Gobierno Local respectivo y por el monto que determine FORSUR conforme al Acuerdo de su Directorio o de quien haga sus veces. Cada asignacion financiera sera publicada en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, el citado numeral senala que los pliegos presupuestarios que reciben asignaciones financieras, incorporan dichos recursos en sus presupuestos mediante Resolucion de su Titular y conforme a lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, siendo que las referidas resoluciones se publican en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional de las entidades publicas beneficiarias; Que, el numeral 2.2 del precitado articulo dispone que cuando la actividad, proyecto o programa este a cargo de una empresa publica de saneamiento o por el Banco de Materiales, la asignacion financiera con cargo a los recursos senalados en el numeral precedente, se efectua directamente a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que a su vez dicho ministerio transfiera financieramente los recursos conforme a lo establecido en el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 046-2009 y por resolucion de su Titular que se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante los Oficios Nº 1190-2010/FORSUR-CG y Nº 1208-2010/FORSUR-CG, el Coordinador General del FORSUR informa que en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, la Direccion Nacional de Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, ha realizado la asignacion financiera a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ MVCS, por un monto de S/. 8 739 429,24 y S/. 2 909 937,00, respectivamente, para ser destinados al financiamiento para la ejecucion y supervision de once (11) proyectos de saneamiento ubicados en la provincia de Chincha del departamento de Ica conforme se detalla en el anexo de la presente Resolucion, cuya Unidad Ejecutora es la EPS SEMAPACH S.A.; Que, con los Memorandum Nº 968-2010/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/1.0 y Nº 969-2010/VIVIENDA/VMCS/ PAPT/1.0, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ­ PAPT, solicita la incorporacion de los recursos transferidos por el FORSUR con cargo a los recursos del "Fondo para la Reconstruccion ­ Sismo 15 de agosto de 2007", para lo cual adjunta los Informes Nº 026-2010/ VIVIENDA/VMCS/PAPT/2.0 y Nº 025-2010/VIVIENDA/ VMCS/PAPT/2.0, de la Unidad de Administracion del PAPT en los cuales se senala que el Programa en mencion, cuenta con una asignacion financiera por el importe de S/. 8 739 429,24 y S/. 2 909 937,00, respectivamente, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, para ser destinados al financiamiento para la ejecucion y supervision 11 proyectos de saneamiento a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante el Memorandum Nº 1740-2010/ VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 089-2009, emite opinion favorable respecto de la incorporacion de mayores fondos publicos solicitada por la Direccion Ejecutiva del PAPT; Que, el numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de MORDAZA de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Credito que se produzcan durante el ano fiscal; Que, el acapite ii) del numeral 2.1 del articulo 2º del Anexo Nº 1: Ejecucion del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, aprobado por la Resolucion Directoral Nº 043-2009-EF/76.01 establece que la incorporacion de mayores fondos en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.