Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

425484
Localidad: Acos-Carac-Lampian

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 232 94.3 240 95.9 264 100.7 276 103.1 280 103.9 288 105.5 292 106.3 Total de canales: 7 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 485-2005-MTC/03, Nº 509-2006-MTC/03, ratificada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 166-2009-MTC/03, 460-2009-MTC/03 y 234-2010-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA, a fin de modificar el plan de canalizacion y asignacion de frecuencias de la localidad de San MORDAZA de Lurigancho; conforme se indica a continuacion: Localidad: San MORDAZA de Lurigancho Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 207 89.3 211 90.1 218 91.5 249 97.7 269 101.7 286 105.1 Total de MORDAZA : 6 Las estaciones a instalarse o instaladas en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas con Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, tales como: a) Las plantas de transmision no deberan ubicarse en: - El limite de la localidad a servir. - En la cima de cerros. - Dentro de la MORDAZA de servicio de las estaciones primarias de la localidad de MORDAZA (contorno de 66 dB V/ m). b) Las estaciones secundarias deberan respetar las distancias devenidas de las relaciones de proteccion en RF. c) La altura del centro de radiacion sobre el nivel del piso no debera ser mayor a 30 m. d) El patron de radiacion de la antena debera ser conformado, evitando irradiar fuera de la MORDAZA de servicio autorizada (contorno de 66 dB V/m). e) La MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.), se determinara para cada estacion secundaria considerando lo siguiente: - La clasificacion establecida en las Normas Tecnicas del Servicios de Radiodifusion. - Las caracteristicas del sistema irradiante (ganancia de la antena, altura del centro de radiacion y patron de radiacion) - Ubicacion de la planta de transmision - La topografia del terreno. - MORDAZA de servicio (66 dB V/m) Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion

540058-1

Incorporan planes de las localidades de Checca y MORDAZA MORDAZA a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en FM del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 602-2010-MTC/03
MORDAZA, 13 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 108-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de MORDAZA, los mismos que fueron ratificados mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificados por Resolucion Viceministerial Nº 368-2009MTC/03; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3001-2010MTC/28, propone la incorporacion de los Planes de las localidades de Checca y MORDAZA MORDAZA a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Cusco; Que, asimismo, la citada Direccion General, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 296-2005MTC/03 y Nº 207-2009-MTC/03; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03, Nº 020-2008-MTC/03, ratificada mediante Resolucion

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