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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (10/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de setiembre de 2010 425484 Localidad: Acos-Carac-Lampian Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 232 94.3 240 95.9 264 100.7 276 103.1 280 103.9 288 105.5 292 106.3 Total de canales: 7 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 485-2005-MTC/03, Nº 509-2006-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 166-2009-MTC/03, 460-2009-MTC/03 y 234-2010-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Lima, a fi n de modifi car el plan de canalización y asignación de frecuencias de la localidad de San Juan de Lurigancho; conforme se indica a continuación: Localidad: San Juan de Lurigancho Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 207 89.3 211 90.1 218 91.5 249 97.7 269 101.7 286 105.1 Total de canales : 6 Las estaciones a instalarse o instaladas en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias, tales como: a) Las plantas de transmisión no deberán ubicarse en: - El límite de la localidad a servir. - En la cima de cerros. - Dentro de la zona de servicio de las estaciones primarias de la localidad de Lima (contorno de 66 dB—V/ m). b) Las estaciones secundarias deberán respetar las distancias devenidas de las relaciones de protección en RF. c) La altura del centro de radiación sobre el nivel del piso no deberá ser mayor a 30 m. d) El patrón de radiación de la antena deberá ser conformado, evitando irradiar fuera de la zona de servicio autorizada (contorno de 66 dB—V/m). e) La máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.), se determinará para cada estación secundaria considerando lo siguiente: - La clasifi cación establecida en las Normas Técnicas del Servicios de Radiodifusión. - Las características del sistema irradiante (ganancia de la antena, altura del centro de radiación y patrón de radiación) - Ubicación de la planta de transmisión - La topografía del terreno. - Zona de servicio (66 dB—V/m) Artículo 3º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 540058-1 Incorporan planes de las localidades de Checca y Santa Teresa a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en FM del departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 602-2010-MTC/03 Lima, 13 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, por Resolución Viceministerial Nº 108-2004- MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Cusco, los mismos que fueron ratifi cados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modifi cados por Resolución Viceministerial Nº 368-2009- MTC/03; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3001-2010- MTC/28, propone la incorporación de los Planes de las localidades de Checca y Santa Teresa a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Cusco; Que, asimismo, la citada Dirección General, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modifi cada por Resoluciones Ministeriales Nº 296-2005- MTC/03 y Nº 207-2009-MTC/03; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Viceministerial Nº 108-2004-MTC/03, modifi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 604-2007-MTC/03, Nº 020-2008-MTC/03, ratifi cada mediante Resolución