NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (30/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de setiembre de 2010 426706 San Juan de Lurigancho, a partir del día 29 de setiembre del presente año. Artículo Segundo.- Reasignar a la doctora IRENE EXSALTA LOPEZ BRUNO, como Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria, a partir del día 29 de setiembre al 21 de octubre del presente año. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 550051-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Reconocen a integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Autónoma San Francisco RESOLUCIÓN Nº 305-2010-CONAFU Lima, 21 de julio de 2010 “Universidad Autónoma San Francisco” VISTOS: La Resolución N° 196-2010-CONAFU de fecha 08 de abril de 2010, el Ofi cio N° 074-SPEA-2010 recibida de fecha 17 de mayo de 2010, el Ofi cio N° 440- 2010-CONAFU-CDAA de fecha 14 de junio de 2010, y el Acuerdo Nº 251-2010-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 21 de julio de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, en el artículo 3º del Estatuto del CONAFU, establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas…”; en concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cadas en el Reglamento de la materia”… t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, en el artículo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal.”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, se establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de Universidad Autónoma San Francisco está bajo el Régimen Legal de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, así como la Ley Nº 26439 - Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU; Que, por Resolución N° 196-2010-CONAFU de fecha 08 de abril de 2010, se resolvió en su artículo primero: “Otorga la Autorización Provisional de Funcionamiento de la Universidad Autónoma San Francisco, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la provincia y departamento de Arequipa…”; Que, con Ofi cio N° 074-SPEA- recibida en fecha 11 de mayo de 2010, el Ingeniero Daniel Postigo Cerpa, Gerente General de la Promotora de la Universidad Autónoma San Francisco; presenta la propuesta de los integrantes, quienes conformaran la Comisión Organizadora de la referida Universidad, proponiendo para el cargo de: Presidente al doctor Wilfredo Ettore Escalante Alcócer; Vicepresidente Académico al doctor Luis Ramón R. Abarca Fernández; Vicepresidente Administrativo al Doctor Gregorio Enrique Valdivia Dueñas; Que, por Ofi cio N° 440-2010-CONAFU-CDAA de fecha 14 de junio de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos, informa que el Gerente General de la Promotora de la Universidad Autónoma San Francisco, solicita el reconocimiento de su Comisión Organizadora; al respecto se opina que es procedente el reconocimiento de la Comisión Organizadora de la Universidad Autónoma San Francisco, ya que por Resolución N° 386-2009- CONAFU de fecha 10 de agosto de 2009 se aprueba su PDI, y una vez reconocida dicha comisión, la Universidad inicará sus actividades académicas con normalidad; Que, en sesión de fecha 21 de julio de 2010, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 251-2010-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Reconoce a los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Autónoma San Francisco, quedando la referida Comisión integrada de la siguiente manera: Presidente al Doctor Wilfredo Ettore Escalante Alcócer; Vicepresidente Académico al Doctor Ramón R. Abarca Fernández; Vicepresidente Administrativo al Doctor Gregorio Enrique Valdivia Dueñas respectivamente; En atención a lo expuesto en los considerándos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER a los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Autónoma San Francisco, quedando la referida Comisión integrada de la siguiente manera: Doctor Wilfredo Ettore Escalante Alcócer Presidente Doctor Ramón R. Abarca Fernández Vicepresidente Académico Doctor Gregorio Enrique Valdivia Dueñas Vicepresidente Administrativo