Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2011 (01/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

a) Aulas de piso plano o en graderia: 1.30 m2 por estudiante-carpeta b) Aulas MORDAZA auditorio; 090 m2 por estudiante-carpeta c) Talleres y laboratorios: 2.25 m2 por estudiantecarpeta d) Laboratorios de computacion y MORDAZA de estudio: 1.8 m2 por alumno-mesa e) Bibliotecas y centros de informacion (Sala de lectura o trabajo): 2.00 m2 por alumno-asiento 21.7 De conformidad con el articulo 11, MORDAZA A.040 del RNE, en ancho minimo de las puertas de las aulas y otros ambientes de ensenanza, se calculara a razon de: a) Aulas con capacidad no mayor de 40 alumnos: una MORDAZA de 1.00 m. b) Aulas entre 41 y 80 alumnos: dos puertas separadas de 1.00 m. c/u. c) Aulas con mas de 80 alumnos: dos puertas separadas de 1.20 m. c/u. Articulo 22.- AREA LIBRE. El area libre minima de un establecimiento universitario sera calculada considerando las siguientes areas minimas y caracteristicas segun el MORDAZA de establecimiento: a) Area Libre minima: Se debera cumplir con los niveles minimos de area libre para los siguientes establecimientos: MORDAZA A. Campus Principal de Unidad Central o Filial, o MORDAZA B. Campus Secundario: Area libre total minima: 3m2 por estudiante-carpeta, siendo 1m2 por estudiante-carpeta el area MORDAZA minima. MORDAZA C: Sede Anexa con fines academicos: Area libre total minima: 2m2 por estudiante-carpeta. MORDAZA D: academicos: Establecimiento Anexo sin fines

Articulo 23.- CIRCULACIONES INTERIORES. Los pasajes de circulacion y las escaleras de los diversos edificios deberan cumplir con las siguientes condiciones: a) El ancho libre de circulacion sera, por piso, de hasta: 150 personas: 1.50m de ancho minimo pasajes y escaleras. 225 personas: 1.80m escaleras, 1.50m pasaje. 300 personas: 2.40m escaleras, 1.80m pasaje (o 2 esc. de 1.50m) 360 personas: 3.00m escaleras, 1.80m pasaje 450 personas: 3.60m escaleras, 2.40m pasaje 525 personas: 4.20m escaleras, 3.00m pasaje A partir de 526 personas agregar un modulo de 0.60m de escalera por cada 75 personas o fraccion. A partir de escaleras mayores de 2.40 m. debe instalarse una baranda cada dos modulos de ancho. b) Cada tramo de escalera tendra un MORDAZA de18 contrapasos, de 16 a 18cm, y 17 pasos, de 28 a 30cm. c) Las escaleras de uso exclusivo de escape podran tener un ancho minimo de 1.20 m. Articulo 24.- ASCENSORES. Los ascensores en los edificios de ensenanza deberan cumplir con lo siguiente: a) Los ascensores que sirven a aulas y otros ambientes de ensenanza a partir de los 11m. sobre el nivel de la planta baja seran calculados en su capacidad minima considerando la totalidad de los usuarios existentes a partir de ese nivel, debiendo existir en todos los casos accesibilidad a dos ascensores. b) El numero y capacidad de los ascensores se establecera, como minimo, para atender simultaneamente, en cinco minutos, al 20% de la poblacion usuaria y de conformidad con el articulo 4º, inciso 1.14 Capacidades, MORDAZA EM.070 del RNE. Se presentara estudios especificos de MORDAZA que garanticen satisfacer este requerimiento. Articulo 25.- FACILIDADES DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO. Las facilidades de acceso y estacionamiento vehicular en el campus universitario se deben establecer considerando las necesidades de: a) Los estudiantes segregados por categorias (preuniversitaria, pregrado, posgrado, otras) y medio de transporte a la Universidad, considerando la MORDAZA demanda horaria. b) Los docentes y administrativos, en la MORDAZA demanda. c) Los visitantes y publico asistente a eventos d) Los vehiculos de transporte publico que sirven al establecimiento e) El espacio para maniobra y estacionamiento para los vehiculos de servicio y el MORDAZA vehicular propio de la Universidad f) La demanda adicional producida por las actividades complementarias indicadas en el articulo 6 del presente reglamento. Articulo 26.- DEMANDA DE ESPACIO DE ACCESO Y ESTACIONAMIENTO. Todo estacionamiento debe ser resuelto al interior del establecimiento universitario o en locales vecinos, salvo estacionamiento externo debidamente autorizado por el municipio. Para la determinacion de la demanda de espacio para el adecuado acceso al campus y de estacionamiento vehicular se requiere establecer las necesidades de: a) Espacio de refugio de vehiculos de transporte publico que sirven al establecimiento (vias de servicio, paraderos de omnibus, taxis, etc., aceras de circulacion ) b) Ambito de acceso al establecimiento (retiro peatonal, puestos de control de ingreso, estacionamiento vehicular temporal, etc.) c) Ingresos segregados de: peatones, ciclistas, vehiculos motorizados d) Sistema interno segregado de circulacion de: peatones, ciclistas, vehiculos motorizados e) Areas de estacionamiento vehicular: automoviles, motos y bicicletas, omnibus y camiones, etc.

Area libre total minima: segun parametro municipal correspondiente al MORDAZA de establecimiento. b) Caracteristicas de las areas libres: Finalidad: El area libre del establecimiento universitario tiene como finalidad proporcionar a la comunidad universitaria espacios para recreacion pasiva o activa, MORDAZA de refugio en caso de evacuacion y area de estudio no comprometida con la circulacion general de los usuarios del local. Aereas de estacionamiento: El area destinada a estacionamiento vehicular no forma parte del area libre computable para el cumplimiento de este parametro. Area libre cubierta: Los patios, plazas y/o areas de circulacion exteriores deberan considerar por lo menos el 20% de area cubierta para proteccion MORDAZA y la lluvia. Area de evacuacion: Adecuadamente localizadas, se deben considerar areas libres sobre terreno natural para zonas de refugio, en caso de evacuacion, a razon de por lo menos 1m2 por estudiante-carpeta. Area libre en pisos superiores: Se puede considerar en pisos superiores area libre techada o sin techar, con la finalidad de ser areas de descanso o estudio, como areas complementarias al minimo establecido para areas de refugio, siempre que reunan condiciones adecuadas de accesibilidad, confort y seguridad. Area verde: Se considera area MORDAZA toda superficie sembrada de terreno cubierto de vegetacion o parqueplaza arborizado, con un minimo de 70% de area cubierta de vegetacion.

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