Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2011 (01/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

Que, el derecho antidumping definitivo que corresponde aplicar en el presente caso debe ser fijado en la cuantia correspondiente al margen de dumping, segun el detalle que se muestra en el siguiente cuadro: Derecho Antidumping
Empresas BSL Sangam Donear (Balaji Industries) Siddharth Galundia (Prana Manufacturing) Todas las demas (excepto Shomer) Fuente: BSL, Sangam, ADUANAS Elaboracion: ST-CFD/INDECOPI Cuantia del derecho (US$/ kg) 1.12 2.06 1.14 2.57 2.05 2.76

Articulo 5º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano por una (01) vez, de conformidad con lo establecido en el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 006-2003PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente a la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA Piazza, MORDAZA Aguayo Luy y MORDAZA MORDAZA Mendez. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIAZZA Presidente 622015-1

Que, adicionalmente, con relacion al pedido formulado por la RPN para que se aplique derechos antidumping retroactivos sobre las importaciones investigadas, se ha determinado que se cumplen en este caso los requisitos establecidos en el articulo 10.6 del Acuerdo Antidumping para el establecimiento de tales medidas. Siendo ello asi, corresponde aplicar derechos antidumping retroactivos sobre las importaciones objeto de dumping efectuadas con anterioridad a la fecha de aplicacion de las medidas provisionales impuestas por Resolucion Nº 1792010/CFD-INDECOPI, por el periodo comprendido desde el 1 hasta el 14 de octubre de 2010, inclusive; Que, la evaluacion detallada de los puntos senalados anteriormente esta contenida en el Informe Nº 0142011/CFD-INDECOPI, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion, de acuerdo a lo establecido el articulo 6.2 de la Ley Nº 27444, y es de acceso publico en el MORDAZA web del INDECOPI http://www.indecopi.gob.pe; De conformidad con el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0042009-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1033; y; Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 25 de marzo de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el procedimiento de investigacion por practicas de dumping iniciado por Resolucion Nº 179-2009/CFD-INDECOPI publicada el 08 de noviembre de 2009 en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Aplicar derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de tejidos de fibras discontinuas de poliester mezcladas, exclusiva o principalmente, con fibras discontinuas de rayon viscosa originarios de la Republica de la MORDAZA, los cuales quedan fijados conforme se senala a continuacion:
Derecho antidumping (US$/kg) 1.12 2.06 1.14 2.57 2.05 2.76

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana correspondiente al mes de marzo de 2011
RESOLUCION JEFATURAL Nº 082-2011-INEI MORDAZA, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica publicara en el Diario Oficial "El Peruano", con caracter de MORDAZA Legal, la variacion mensual que MORDAZA experimentado el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 510, dispone que el INEI, debera publicar mensualmente con caracter de MORDAZA Legal, la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al indice del mes de diciembre del ano anterior; Que, en el mes de enero del 2010 se realizo la revision de la metodologia y de los procedimientos de calculo del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, estableciendose como periodo Base: Ano 2009=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicacion de la Variacion Mensual del Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de marzo de 2011 y la Variacion Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2010, asi como aprobar la publicacion del Boletin Mensual que contiene la informacion oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana, (Base: Ano 2009 = 100,00) correspondiente al mes de marzo de 2011, asi como su Variacion Porcentual Mensual y Acumulada.
ANO 2011 MES ENERO FEBRERO MARZO NUMERO INDICE 102,58 102,97 103,70 VARIACION PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 0,39 0,38 0,70 0,39 0,77 1,48

Empresas BSL Limited Sangam (India) Limited Donear Industries Ltd. (Balaji Industries) Siddharth Garments Galundia Textiles PVT. LTD (Prana Manufacturing) Todas las demas (excepto Shomer Exports)

Articulo 3º.- Aplicar derechos antidumping definitivos de manera retroactiva sobre las importaciones referidas en el Articulo 2º de la presente Resolucion, por el periodo comprendido desde el 1 hasta el 14 de octubre de 2010, inclusive. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion a las partes apersonadas en el presente procedimiento, a las autoridades de la Republica de la MORDAZA y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, para los fines correspondientes.

Articulo 2º.- Aprobar la publicacion del Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, correspondiente al mes de marzo de 2011, documento

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