Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2011 (01/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

440218

NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aceptan renuncia y designan Asesor del Despacho de la Superintendencia Adjunta de los Registros Publicos
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 100-2011-SUNARP/SN MORDAZA, 31 de marzo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 038-2011-SUNARP/ SN de de fecha 8 de febrero de 2011, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velaochaga, en el cargo de confianza de Asesor del Despacho de la Superintendencia Adjunta; Que, en la fecha el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velaochaga, ha presentado su renuncia al cargo de Asesor de la Superintendencia Adjunta, por motivos personales, a partir del 31 de marzo del corriente ano; Que, de conformidad con el literal n) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, el Superintendente Nacional tiene como facultad el designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, en tal sentido se ha acordado aceptar la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velaochaga, y designar en su reemplazo al senor abogado MORDAZA MORDAZA Tipacti Pena, en el cargo de Asesor de la Superintendencia Adjunta; De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velaochaga, al cargo de Asesor de la Superintendencia Adjunta de los Registros Publicos, a partir del 01 de MORDAZA del corriente ano; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Designar al senor abogado MORDAZA MORDAZA Tipacti Pena, en el cargo de confianza de Asesor del Despacho de la Superintendencia Adjunta de los Registros Publicos a partir del 1º de MORDAZA del ano en curso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Nacional de los Registros Publicos 622532-1

El Oficio N° 1356-2005-P-CSJCN-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, y el Informe N° 230-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte solicita a este Organo de Gobierno que los procesos tutelares que son de competencia de los Juzgados Mixtos del Modulo Basico de Justicia de Condevilla ubicado en el Distrito de San MORDAZA de Porres, MORDAZA tramitados por el 6° y 7° Juzgados de Familia en materia tutelar de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; Segundo: Que, el volumen de ingresos de los tres Juzgados Mixtos del referido Modulo Basico de Justicia se encuentra dentro del estandar de carga procesal; no obstante ello, considerando la carga pendiente sobrepasaria el nivel de resolucion pese al apoyo de los juzgados transitorios. Asimismo, el nivel de ingresos de los siete Juzgados de Familia de la sede del Distrito Judicial se encuentra por debajo del estandar establecido; por lo que tiene capacidad para atender los procesos tutelares de los Juzgados Mixtos del Modulo Basico de Justicia de Condevilla; Tercero: Que, es necesario precisar que el Modulo Basico de Justicia de Condevilla se encuentra a veinte minutos de viaje de la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte; Cuarto: Que, el Informe N° 230-2010-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General, concluye en la factibilidad para que los procesos de familia en materia tutelar de los Juzgados Mixtos del Modulo Basico de Justicia de Condevilla del Distrito de San MORDAZA de Porres, MORDAZA de competencia de los Juzgados Especializados de Familia de la sede la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, considerando el volumen de los procesos tutelares que se vienen tramitando, las condiciones de acceso, la especialidad de los Juzgados de Familia de la sede de la Corte Superior y por tener el Equipo Multidisciplinario para atender dichos procesos judiciales; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo previsto en el articulo 82°, inciso 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, de conformidad con por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el 6° y 7° Juzgados Especializados de Familia de la sede de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, atiendan los procesos de familia en materia tutelar que corresponden a Ia competencia territorial de los Juzgados Mixtos del Modulo Basico de Justicia Condevilla del Distrito de San MORDAZA de Porres, a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- La Presidencia de Ia Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte adoptara las acciones administrativas que resulten necesarias, para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Articulo Tercero.- Transcribase Ia presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA 622529-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que 6° y 7° Juzgados Especializados de Familia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, atiendan procesos de familia en materia tutelar que correspondan a la competencia de los Juzgados Mixtos del Modulo Basico de Justicia Condevilla
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 067-2011-CE-PJ MORDAZA, 2 de marzo de 2011

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