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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454452 Código Infracción Sub Código de la Infracción Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Determinación de la Sanción Tipo Sanción 104 Realizar actividad extractiva artesanal del recurso anchoveta para CHD sin registrar la embarcación en la Dirección o Gerencia Regional de la Producción correspondiente. - Decomiso; y - Suspensión del Permiso de Pesca hasta que cumpla con lo dispuesto en la norma correspondiente Grave Decomiso Suspensión Suspensión del permiso de pesca hasta que el armador artesanal cumpla con lo dispuesto en la norma correspondiente, quedando imposibilitado de realizar actividades de pesca de anchoveta para CHD en dicha Región. 105 Realizar actividades extractivas en la Zona Sur sin haber cumplido previamente en la Zona Norte Centro con la extracción del porcentaje mínimo del LMCE exigido en la norma legal correspondiente. Reducción de LMCE Para la siguiente temporada de pesca, del 5% del LMCE asignada a la embarcación para la zona norte-centro 106 Practicar pesca deportiva de las especies merlín azul, merlín negro, merlín rayado y pez vela, sin contar con el permiso de pesca correspondiente. - Decomiso de los recursos Multa 10 UIT por espécimen 107 Practicar pesca deportiva de las especies merlín azul, merlín negro, merlín rayado y pez vela, sin liberar los ejemplares capturados. - Decomiso de los recursos Multa 10 UIT por espécimen 108 La comercialización de las especies merlín azul, merlín negro, merlín rayado y pez vela. - Decomiso de los recursos Multa 5 UIT por espécimen 109 Transportar, comercializar, procesar o almacenar en áreas vedadas macroalgas sin el correspondiente Certifi cado de Procedencia emitido por el Ministerio de la Producción o por las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales de la jurisdicción. - Decomiso del recurso microalga Multa - Procesar o almacenar: 4 x (total de toneladas x factor del recurso) - Comercializar o Transportar: 5 UIT 110 Utilizar molinos móviles en el procesamiento de macroalgas - Suspensión de licencia de operación por cinco días Multa 2 x (total x toneladas x factor del recurso) en UIT Suspensión De la licencia de operación por cinco (5) días efectivos de procesamiento 111 Utilizar aparejos no permitidos o sistemas mecanizados para la remoción y/o siega (extracción) de macroalgas marinas; así como, ganchos, equipos mecanizados y otros accesorios no permitidos para el recojo o colecta del recurso citado. 111.1 Tratándose de la extracción de macroalgas - Decomiso del recurso y de los aparejos o sistemas. Decomiso Del recurso y de los aparejos o sistemas Multa 3 x (total de toneladas x factor del recurso)m en UIT 111.2 Tratándose de la colecta o recojo de macroalgas Multa (total de toneladas x factor del recurso) en UIT. 112 Colectar y/o acopiar macroalgas marinas cuando se encuentre prohibido o en áreas prohibidas. 112.1 Solo colecta o acopio - Decomiso del recurso Multa (total de toneladas x factor del recurso) en UIT. 112.2 Colectar y acopiar - Decomiso del recurso Multa 0.5 x (total de toneladas x factor del recurso) en UIT. 113 Descarga del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo, utilizando sistemas de bombeo submarino, sin bomba peristáltica o sin bomba de vacío y sin el empleo de agua refrigerada recirculada. - Suspensión de las licencias de operación de las plantas del establecimiento industrial pesquero por treinta (30) días efectivos Grave Multa 20 UIT Suspensión De las licencias de operación de las plantas del establecimiento industrial pesquero, por treinta (30) días efectivos 114 Recepción del recurso anchoveta no apto para el consumo humano directo, en plantas de consumo humano directo, en porcentajes mayores al 10% de volumen descargado de la embarcación pesquera. - Decomiso del exceso de anchoveta recibida en condiciones no aptas para el consumo humano directo. Decomiso Del exceso de anchoveta recibida en condiciones no aptas para el consumo humano directo Multa Equivalente a: toneladas del recurso en exceso x factor del recurso en UIT 115 Recepción o procesamiento de descartes y/o residuos que no sean tales, y/o no procedan de establecimientos industriales pesqueros para consumo humano directo que no cuentan con planta de harina de pescado residual y/o de los desembarcaderos artesanales. - Decomiso de los recursos Grave Decomiso Multa Equivalente a: toneladas del recurso x factor del recurso en UIT 116 Almacenar recursos hidrobiológicos para consumo humano directo en condiciones inadecuadas para su conservación, que conlleve a deterioro. Multa Equivalente a: 2 x ( toneladas del recurso en exceso x factor del recurso) en UIT