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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454450 Código Infracción Sub Código de la Infracción Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Determinación de la Sanción Tipo Sanción 81 Procesar los recursos hidrobiológicos sardina, jurel y caballa para la elaboración de harina de pescado, así como descargar dichos recursos en los citados establecimientos industriales pesqueros. - Suspensión del permiso de pesca o licencia de operación por un plazo de siete (7) días efectivos de pesca o procesamiento. Multa 50 UIT 82 Realizar más de una faena de pesca de recursos hidrobiológicos plenamente explotados en un intervalo de 24 horas, comprendido entre las 8 a.m. y las 8 a.m. del día siguiente. No Multa 4 x (cantidad de recurso extraído en t x factor del recurso) en UIT Suspensión Del permiso de pesca: Quince (15) días efectivos de pesca. 83 Almacenar o transportar, indistintamente, en cajas sin hielo, en estado de descomposición, a granel en volquetes o camiones, a granel en la cubierta o en la bodega de embarcaciones pesqueras sin hielo, recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, contraviniendo las normas del ordenamiento pesquero. - Decomiso Decomiso Multa (cantidad del recurso en t. x factor del recurso), en UIT. 84 Extraer recursos hidrobiológicos excediéndose en la cuota asignada que corresponda al periodo, según el ordenamiento pesquero vigente. No Multa Cantidad del recurso descargado en exceso en t. x factor del recurso, en UIT. 85 Extraer recursos hidrobiológicos con o sin uso de embarcaciones en zonas afectadas por descargas de aguas contaminadas. No Multa Con uso de embarcación: E/P de mayor escala: 2 UIT E/P de menor escala: 1 UIT E/P artesanales: 0.5 UIT Sin embarcación: 0.1 UIT 86 No presentar la Declaración Jurada sobre recursos hidrobiológicos existentes en las bodegas de embarcaciones que se dediquen a la pesquería de los recursos altamente migratorios, de acuerdo a la normatividad vigente, o presentar información falsa o incorrecta. No Grave Multa 100 UIT 87 Incumplir la obligación de no exceder los Límites Máximos Permisibles (LMP) de efl uentes para los establecimientos Industriales pesqueros o plantas de procesamiento nuevas o para aquellas que se reubiquen. - Suspensión de la licencia de operación hasta que cumpla con el LMP. Multa Dos (02) UIT por tonelada de Capacidad Instalada. 88 El incumplimiento de las obligaciones y compromisos ambientales establecidos en la actualización del Plan de Manejo Ambiental para el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP) dentro de la zona de protección ambiental litoral. - Suspensión de la licencia de operación hasta que cumpla las obligaciones y compromisos ambientales establecidos. Multa Tres (03) UIT por cada tonelada de Capacidad Instalada. Suspensión De la licencia de operación hasta que cumpla las obligaciones y compromisos ambientales. 89 El incumplimiento de las obligaciones y compromisos ambientales establecidos en la actualización del Plan de Manejo Ambiental para el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (LMP) fuera de la zona ambiental litoral - Suspensión de la licencia de operación hasta que cumpla las obligaciones y compromisos ambientales establecidos. Multa Una (01) UIT por tonelada de Capacidad Instalada. Suspensión De la licencia de operación hasta que cumpla las obligaciones y compromisos ambientales establecidos. 90 Descargas efl uentes pesqueros en zonas no autorizadas por el Ministerio de la Producción. - Suspensión inmediata de la actividad. Multa Cinco (05) UIT por tonelada de Capacidad Instalada. 91 No presentar o presentar en forma extemporánea el Plan Ambiental Complementario Pesquero (PACPE) y la actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) conforme disponga la normativa correspondiente. - Suspensión de la licencia de operación hasta que cumpla con presentar el PACPE o el PMA. Suspensión De la licencia de operación hasta que cumpla con presentar el PACPE o el PMA. 92 No implementar el Plan Ambiental Complementario Pesquero (PACPE) y el Plan de Manejo Ambiental (PMA) dentro de los plazos, según el cronograma e incumplir las obligaciones aprobadas por la autoridad sectorial. Multa 2 UIT 93 Realizar actividades pesqueras o acuícolas sin ser titular del derecho administrativo. - Paralización/Inmovilización del EIP o E/P, hasta que regularice su situación. Grave Multa 10 UIT