Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2011 (07/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar como Secretario Ejecutivo de la institucion al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Rector de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, a partir del 01 de diciembre del presente ano. Articulo 2º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web institucional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Destituyen a magistrado por su actuacion MORDAZA Juez Provisional del Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Tacna
(Se publica la Resolucion de la referencia a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura mediante Oficio Nº 1082-2011-DG-CNM, recibido el 1 de diciembre de 2011)

RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 105-2011-PCNM P.D. N° 021-2010-CNM
San MORDAZA, 14 de febrero de 2011 VISTO; El MORDAZA disciplinario N° 021-2010-PCNM, seguido al doctor MORDAZA MORDAZA Maquera MORDAZA, por su actuacion como Juez Provisional del Primer Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Tacna; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolucion N° 173-2010-PCNM de 29 de MORDAZA de 2010, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA Maquera MORDAZA, por los hechos expuestos en la misma; Segundo.- Que, en la resolucion MORDAZA citada se imputa al doctor MORDAZA MORDAZA Maquera MORDAZA las siguientes irregularidades: A) Haber favorecido con la medida cautelar al senor MORDAZA MORDAZA Aguayo MORDAZA, quien resulta ser patrocinado del abogado MORDAZA MORDAZA Spirgatis, quien tambien asesora y MORDAZA al magistrado Maquera MORDAZA en procesos sobre materia de familia (expedientes numeros 20071618-0-2301-JR-FA-1 y 2006-1989-25-2301-JR-FA1) los que se tramitan ante el Juzgado en donde este ejercio la magistratura en calidad de Juez Provisional por licencia del titular. El favorecimiento se manifiesta en que ha omitido expresar en la medida cautelar por que se presentan los presupuestos de la apariencia del derecho invocadoverosimilitud o que elementos se han evidenciado para concluir que existia peligro en la demora. Asimismo, la motivacion de la resolucion que concede la medida cautelar de variacion del regimen de visitas es aparente, puesto que no realiza un analisis que conlleve a explicar en que sentido han variado las condiciones que determinaron en la sentencia de vista expedida por la Sala Superior que en salvaguarda del interes superior del MORDAZA, las visitas por parte del padre se realizarian en el hogar de la MORDAZA, dada su corta edad, las circunstancias peculiares de la separacion conyugal y la medida cautelar fuera de MORDAZA a favor del menor y la MORDAZA sobre impedimento de acoso, no fundamentando tampoco en que variaron las condiciones y circunstancias anteriores que hicieron que el regimen de visitas que venian siguiendo resultaba perjudicial para el menor, vulnerando el articulo 184 inciso 1° de la Ley Organica del Poder Judicial. B) Haber vulnerado la causal de recusacion senalada en el articulo 307 inciso 5° del Codigo Procesal Civil, puesto que el Juez tendria un interes indirecto en el resultado del MORDAZA, al tener en cuenta que el abogado del Juez Maquera MORDAZA es tambien abogado de la parte solicitante de la variacion del regimen de visitas y de otros procesos que ambos tienen tramitando en el Primer Juzgado de Familia de Tacna, por lo que debio haber puesto en conocimiento de las partes su avocamiento a fin de darles la oportunidad para recusarlo o no, actos omisivos que vulneran el debido MORDAZA consagrado en el articulo 184 inciso 1°de la Ley Organica del Poder Judicial. Tercero: Que, cabe senalar, que pese ha haber sido debidamente notificado el magistrado procesado no ha

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Encargan la Presidencia de la ANR al Primer Vicepresidente
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1378-2011-ANR
MORDAZA, 29 de noviembre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El memorando Nº 128-2011-SP, de fecha 18 de noviembre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1360-2011-ANR, de fecha 23 de noviembre de 2011, se autoriza el viaje del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, desde el 30 de noviembre hasta el 08 de diciembre de 2011, con la finalidad de que participe en las conferencias organizadas por la Universidad de Nanzan, del 03 al 06 de diciembre, en la MORDAZA de Nagoya, y asimismo para que visite otras universidades en las ciudades de Tokio y Narita del mismo pais; Que, es necesario encargar la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en tanto dure la ausencia del titular para continuar con el normal desarrollo de las actividades; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, desde el 01 hasta el 07 de diciembre de 2011 al Dr. MORDAZA Bedoya MORDAZA, Rector de la Universidad Tecnologica del Peru y primer vicepresidente de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al Dr. MORDAZA Bedoya MORDAZA y a las Direcciones Generales correspondientes de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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