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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (12/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436084 Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, por Resolución Nº 164-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, se resuelve: Reconocer a los miembros integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, quedando integrada la referida Comisión de la siguiente manera: Alfredo Augusto García Quezada, Alfredo Miguel Ramírez – Gastón Zevallos y Zoila Mercedes Guevara Loza en calidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Gerente General, respectivamente; Que, mediante Ofi cio PCO-UCAL Nº 07/2010 recibido el 28 de diciembre de 2010, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, informó a este Consejo Nacional del deceso del magíster Alfredo Miguel Ramírez – Gastón Zevallos, quien ocupaba el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de referida Universidad; motivo por el cual, solicitan que sea reemplazado por la magíster María del Rocío Winkelrierd Vargas; Que, por Ofi cio Nº 083-2011-CDAA de fecha 03 de enero de 2011, la Comisión Académica, informa que el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, mediante Ofi cio Nº PCO-UCAL Nº 07/2010, propone a la magíster María del Rocío Winkelrierd Vargas en reemplazo del magíster Alfredo Miguel Ramírez – Gastón Zevallos (Difunto), en el cargo de Vicepresidente Académico de la referida Comisión Organizadora; ante ello, señalan que luego de analizar la documentación presentada por el administrado, la docente propuesta cumple las mismas califi caciones académicas que su antecesor, por ello ponen a consideración del Pleno del CONAFU se apruebe la designación de la mencionada profesional; Que, en el artículo 10º del referido Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: … t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en sesión de fecha 21 de enero de 2011, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 068-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: ENCARGAR PROVISIONALMENTE a la magíster María del Rocío Winkelrierd Vargas en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, por un periodo de doce meses. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU, que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA VACANCIA en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, al haberse producido el deceso de titular en el cargo. Artículo Segundo.- ENCARGAR PROVISIONALMENTE a la magíster María del Rocío Winkelrierd Vargas en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina, por un periodo de doce meses. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 602009-5 Aceptan renuncia y reconocen a Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía RESOLUCIÓN Nº 059-2011-CONAFU Lima, 24 de enero de 2011 “UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONÍA” VISTOS: Resolución Nº 288-2010-CONAFU de fecha 09 de junio de 2010, Resolución Nº 339-2010-CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, Ofi cio Nº 003-2011-UNIA-P recibido el 06 de enero de 2011, Ofi cio Nº 002-2011-0RAU recibido el 10 de enero de 2011, escrito s/n de fecha 19 de enero de 2011, Ofi cio Nº 085-2011-CONAFU- CDAA de fecha 21 de enero de 2011, y el Acuerdo Nº 071-2011- CONAFU de la sesión ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 21 de enero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, en el artículo 3º del Estatuto, se establece que: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: … f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas…”; asimismo, en concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (…) p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cadas en el Reglamento de la materia…”; Que, en el artículo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (en adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100- 2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal, b) Un Vicepresidente Académico, que asume las funciones y responsabilidades que corresponden al Vicerrector Académico, c) Un Vicepresidente Administrativo, que asume las funciones y responsabilidades del Vicerrector Administrativo ”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, en el artículo 25º del Reglamento, modifi cado mediante Resolución Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009 y su fe de erratas de fecha 25 de agosto de 2009, establece que: “De la Comisión de Gobierno de la Universidad. Se constituirá al termino del tercer año de funcionamiento de la Universidad, estará integrada por los miembros de la Comisión Organizadora, los Coordinadores de Facultad y/o los Responsables de Carrera, según sea el caso, un representante de la Promotora, en el caso de las universidades privadas, estudiantes elegidos por sus pares en la proporción de un tercio, de conformidad con lo establecido en la Ley Universitaria y un representante de los graduados si los hubiera. La Comisión de Gobierno hace las veces de Consejo Universitario”; Que por Resolución Nº 288-2010-CONAFU de fecha 09 de junio de 2010, resuelve en su artículo segundo: REESTRUCTURAR LA COMISIÓN DE GOBIERNO de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía,