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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436083 fecha 22 de diciembre de 2010, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Humanidades, remitió el levantamiento de observaciones referentes al régimen de facultades y la rectifi cación de denominación de las Escuelas Académico Profesionales propuestas, la cual luego de haber realizado la evaluación respectiva, hizo de conocimiento lo siguiente: Aprobar la adecuación al Régimen de facultades de la Universidad de Ciencias y Humanidades de la siguiente manera: 1) Facultad de Ciencias de Salud, Coordinador: Dr. Pedro Arnaldo Mascaro Sánchez, Escuela Académico Profesional de Enfermería, Departamento Académico de Enfermería; 2) Facultad de Ciencias Contables, Coordinador: Dr. Roberto Cumpén Vidaurre, Escuela Académico Profesional de Contabilidad con mención en Finanzas, Departamento Académico de Contabilidad; 3) Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, Coordinador: Dr. Juan David Rivera Palomino, Escuela Académico Profesional de Educación Primaria e Interculturalidad, Departamento Académico de Investigación y Humanidades, Departamento Académico de Educación, Departamento Académico de Lenguaje y Psicología, Departamento Académico de Arte y Deporte; y 4) Facultad de Ciencias e Ingeniería, Coordinador: Dr. Jorge Alberto del Carpio Salinas, Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática, Escuela Académico Profesional de Ingeniería Electrónica con mención en Telecomunicaciones, Departamento Académico de Matemática, Departamento Académico de Ciencias Naturales, Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas, Departamento Académico de Ingeniería Electrónica; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, en el artículo 10º establece que: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: … t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU.”; Que, en Sesión de fecha 21 de enero de 2011, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 056-2011-CONAFU convino por UNANIMIDAD: Aprobar la adecuación al Régimen de facultades de la Universidad de Ciencias y Humanidades, según el siguiente detalle: 1) Facultad de Ciencias de Salud, Coordinador: Dr. Pedro Arnaldo Mascaro Sánchez, Escuela Académico Profesional de Enfermería, Departamento Académico de Enfermería; 2) Facultad de Ciencias Contables, Coordinador: Dr. Roberto Cumpén Vidaurre, Escuela Académico Profesional de Contabilidad con mención en Finanzas, Departamento Académico de Contabilidad; 3) Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, Coordinador: Dr. Juan David Rivera Palomino, Escuela Académico Profesional de Educación Primaria e Interculturalidad, Departamento Académico de Investigación y Humanidades, Departamento Académico de Educación, Departamento Académico de Lenguaje y Psicología, Departamento Académico de Arte y Deporte; y 4) Facultad de Ciencias e Ingeniería, Coordinador: Dr. Jorge Alberto del Carpio Salinas, Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática, Escuela Académico Profesional de Ingeniería Electrónica con mención en Telecomunicaciones, Departamento Académico de Matemática, Departamento Académico de Ciencias Naturales, Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas, Departamento Académico de Ingeniería Electrónica; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la adecuación al Régimen de Facultades de la Universidad de Ciencias y Humanidades, según el siguiente detalle: FACULTAD DE CIENCIAS DE SALUD: - Coordinador: Dr. Pedro Arnaldo Mascaro Sánchez - Escuela Académico Profesional de Enfermería - Departamento Académico de Enfermería FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES - Coordinador: Dr. Roberto Cumpén Vidaurre - Escuela Académico Profesional de Contabilidad con mención en Finanzas - Departamento Académico de Contabilidad FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES - Coordinador: Dr. Juan David Rivera Palomino - Escuela Académico Profesional de Educación Primaria e Interculturalidad - Departamento Académico de Investigación y Humanidades - Departamento Académico de Educación - Departamento Académico de Lenguaje y Psicología - Departamento Académico de Arte y Deporte FACULTAD DE CIENCIAS E INGENIERÍA - Coordinador: Jorge Alberto del Carpio Salinas - Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática - Escuela Académico Profesional de Ingeniería Electrónica con mención en Telecomunicaciones - Departamento Académico de Matemática - Departamento Académico de Ciencias Naturales - Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas - Departamento Académico de Ingeniería Electrónica Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 602009-4 Encargan provisionalmente funciones de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad de Ciencias y Artes de América Latina RESOLUCIÓN Nº 056-2011-CONAFU Lima, 24 de enero de 2011 “UNIVERSIDAD DE CIENCIAS Y ARTES DE AMÉRICA LATINA” VISTOS: Resolución Nº 164-2010-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2010, Ofi cio PCO-UCAL Nº 07/2010 recibido el 28 de diciembre de 2010, Ofi cio Nº 083-2011- CDAA de fecha 03 de enero de 2011, y Acuerdo Nº 068- 2011-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 21 de enero de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, Título Primero, artículo 3º: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades: … f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas a propuesta de los promotores…”; asimismo en concordancia con el artículo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cas en el Reglamento de la materia...” Que, en el artículo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (en adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100- 2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal.”;