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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436087 NOMBRES Y APELLIDOS DNI 31. Sr.(a) CATHERYNE CHAVA QUISPE 41173821 32. Sr.(a) WALTER QUISPE VILCAS 10592851 33. Sr.(a) JUANA FELICITA LANCHO SANCHEZ DE HOYOS 10540604 34. Sr.(a) RUBEN DARIO LASTARRIA GIBAJA 10470402 35. Sr.(a) AMAVILA JACQUELINE PORTURAS MALCA 06054453 36. Sr.(a) RONALD ALEX GAMARRA HERRERA 08725115 Artículo Segundo.- REQUERIR a Fredy Guido Aragón Valdez, personero legal titular acreditado ante este Jurado Electoral Especial de la Alianza Electoral “PERU POSIBLE” para que publique la presente resolución, en el diario de mayor circulación de la circunscripción electoral, dentro del plazo de cinco (5) días naturales de notifi cada la presente; debiendo adjuntar la publicación correspondiente, bajo apercibimiento, en caso de incumplir lo requerido, de excluir la lista de candidatos. Artículo Tercero.- REMITIR la presente Resolución a la Ofi cina Descentralizada de Procesos Electorales, ofi ciándose para tal efecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MOLINA ORDÓÑEZ MENDOZA YARASCA SOLÍS VELA Veliz Escobar 602404-1 Aprueban Plan Estratégico Institucional 2011 - 2015 del Jurado Nacional de Elecciones RESOLUCIÓN Nº 017-2011-P/JNE Lima, 8 de febrero de 2011 VISTO, el Memorando N° 007-2011-DGPID/JNE de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece en su artículo 71, numeral 71.1, que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, por Resolución N° 154-2006-P/JNE se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2007-2011 del Jurado Nacional de Elecciones; Que, por Resolución N° 186-2010-P/JNE se aprobó el Marco Estratégico Institucional y Objetivos Estratégicos Generales del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2011- 2015 del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, se debe publicar obligatoriamente en el Diario Ofi cial El Peruano, las resoluciones administrativas cuyo contenido se relacione con la aprobación de documentos de gestión; Que, asimismo, el artículo 9 de la norma citada en el párrafo precedente, señala que en el caso de normas legales que tengan anexos, se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano solamente la correspondiente norma aprobatoria, disponiéndose en la misma que el anexo se publicará mediante el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de su publicación ofi cial, bajo responsabilidad. Que, con el documento de visto, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 79° de la Resolución N° 601-2010-JNE ha formulado y propuesto el Plan Estratégico Institucional 2011-2015 del Jurado Nacional de Elecciones, a fi n de proseguir con el trámite para su aprobación e indicando que el mismo ha sido elaborado con la participación de los órganos y unidades orgánicas de la Entidad; Por tanto, el Presidente, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2011-2015 del Jurado Nacional de Elecciones, el cual forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Estratégico Institucional 2011-2015 del Jurado Nacional de Elecciones, entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente resolución a partir de su aprobación. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Sexto.- Notifi car la presente resolución a todas las áreas del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 601893-1 Declaran fundada apelación interpuesta contra la Res. Nº 003-2011-JEECH del Primer Jurado Electoral Especial de Chiclayo RESOLUCIÓN Nº 034-2011-JNE Lima, ocho de febrero de dos mil once Expediente Nº J-2011-0024 VISTO, en audiencia pública de fecha 8 de febrero de 2011, el recurso de apelación interpuesto por Luis Humberto Falla Lamadrid contra la Resolución Nº 003-2011-JEECH, emitida por el Primer Jurado Electoral Especial de Chiclayo que declaró improcedentes sus solicitudes de fechas 26 y 28 de enero de 2011 sobre el procedimiento de democracia interna del partido político Partido Aprista Peruano del departamento de Lambayeque. I. ANTECEDENTES Con fecha 26 de enero de 2010, Luis Humberto Falla Lamadrid solicitó la intervención del Jurado Nacional de Elecciones, a efectos de hacer cumplir la Ley de Partidos Políticos “en lo concerniente a la modalidad de la conformación de la lista de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino”. Asimismo, por escrito de fecha 28 de enero de 2011, también solicitó se dictara una medida cautelar en la que se dispusiese su incorporación como candidato en la lista parlamentaria del partido político Partido Aprista Peruano por la región Lambayeque. Sustentó su petición en el hecho de que, según los resultados del proceso de elecciones internas realizadas en Lambayeque, la lista encabezada por su persona quedó en segundo lugar, por lo que, en aplicación de la última parte del artículo 24 de la Ley de Partidos Políticos que consagra la representación proporcional en las listas a candidatos al Congreso de la República, le corresponde integrar la lista cuya inscripción solicite el mencionado partido. Mediante Ofi cio Nº 0370-2011-SG/JNE, de fecha 28 de enero de 2011, fue remitido al Primer Jurado Electoral Especial de Chiclayo el expediente administrativo que contenía la solicitud de fecha 26 de enero de 2011, así como el pedido de medida cautelar de fecha 28 de enero de 2011, interpuestos por Luis Humberto Falla Lamadrid, a efectos de que el mencionado Jurado se pronunciase en primera instancia jurisdiccional electoral.