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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (12/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de febrero de 2011 436085 en lo que corresponde al cargo de la Presidencia y Vicepresidencia Administrativa; quedando conformada de la siguiente manera: Presidente: Luis Freddy Vilcatoma Salas, Vicepresidente Académico: Isidro Rimarachín Cabrera y Vicepresidente Administrativo: María Yrene Cortéz Mondragón (…); Que, mediante Resolución Nº 339-2010-CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, se resuelve reconocer al Dr. Augusto Bacco Montes Gutiérrez como Vicepresidente Académico de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía; Que, mediante Ofi cio Nº 003-2011-UNIA-P recibido el 06 de enero de 2011, el Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía dio a conocer ante este Consejo Nacional la carta de renuncia presentada por la Dra. María Yrene Cortéz Mondragón, Vicepresidente Administrativo de la referida Comisión de Gobierno; motivo por el cual, solicita la designación de un nuevo Vicepresidente Administrativo; Que, mediante Ofi cio Nº 002-2011-0RAU recibido el 10 de enero de 2011, el Presidente de la Organización Regional AIDESEP Ucayali ORAU, señala que siendo una organización que representan a 13 federaciones de los 14 pueblos indígenas, mantienen una estrecha vinculación con la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia (UNIA), al ser su primera casa superior de la intelectualidad indígena, por ello ante la renuncia de la Dra. María Cortez Mondragón como Vicepresidente Administrativo, solicitan que se reconozca al Dr. Florencio Flores Ccanto, en razón a su trayectoria profesional y afi nidad al conocimiento de la cosmovisión indígena y otros; Que con escrito s/n de fecha 19 de enero de 2011, el Presidente de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, propone al Dr. Florencio Flores Ccanto como Vicepresidente Administrativo, remitiendo la hoja de vida del referido profesional; Que mediante Ofi cio Nº 085-2011-CONAFU- CDAA de fecha 21 de enero de 2011 la Comisión Académica informa que el Presidente de la Comisión Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía dio a conocer a este Consejo Nacional la renuncia de la Dra. María Yrene Cortez Mondragón en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la referida Comisión de Gobierno; asimismo, remitió la hoja de vida del Dr. Florencio Flores Ccanto, a fi n de que éste sea admitido en la propuesta para asumir la responsabilidad de Vicepresidente Administrativo; ante ello la Comisión Académica del CONAFU opina que, existiendo la vacancia a dicho cargo, se apruebe la propuesta presentada; por ello, se proceda con el reconocimiento del profesional Dr. Florencio Flores Ccanto como Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, por cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Universitaria 23733 y la Resolución 100-2005-CONAFU del 23 de marzo de 2005; Que, en sesión ordinaria de fecha 21 de enero de 2011 mediante Acuerdo Nº 071-2011-CONAFU, el Pleno convino por MAYORÍA: 1) Aceptar la renuncia de la Dra. María Cortez Mondragón como Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, 2) Declarar la vacancia en el cargo de Vicepresidente Administrativo de Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, y 3) Reconocer al Dr. Florencio Flores Ccanto como Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, por cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Universitaria 23733 y la Resolución 100-2005- CONAFU del 23 de marzo de 2005; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: … d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia de la Dra. María Cortez Mondragón como Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía. Artículo Segundo.- DECLARAR la vacancia en el cargo de Vicepresidente Administrativo de Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía. Articulo Tercero.- RECONOCER al Dr. Florencio Flores Ccanto como Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, por cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Universitaria 23733 y la Resolución 100-2005- CONAFU del 23 de marzo de 2005. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 602009-6 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen expedir título de Juez Civil del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 054-2011-CNM Lima, 7 de febrero del 2011 VISTA: La solicitud del doctor Ricardo Gil Sancho del 15 de diciembre de 2010 adjuntando copia de la Resolución Nº 29 del 07 de diciembre de 2010, expedida por el 47º Juzgado Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de la Magistratura con Resolución Nº 218-2001-CNM del 19 de setiembre de 2001, resolvió dejar sin efecto el nombramiento del doctor Ricardo Gil Sancho, cancelándose el título expedido a su favor por no haber sido ratifi cado en el cargo de Juez Especializado del Distrito Judicial de Puno; Que, el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 08 de marzo de 2010, recaída en el Expediente Nº 06749- 2008-PA/TC, seguido por el doctor Ricardo Gil Sancho contra el Consejo Nacional de la Magistratura sobre acción de amparo, resuelve declarar fundada la demanda; y en consecuencia, inaplicable al doctor Gil Sancho, la Resolución Nº 218-2001-CNM del 19 de setiembre de 2001; asimismo ordena su reincorporación en el cargo de Juez Especializado en el Distrito Judicial de Puno, con el reconocimiento de todos los derechos inherentes al cargo, debiendo el emplazado observar lo señalado en el sexto fundamento de la sentencia referido a la verifi cación de los requisitos establecidos y no estar incurso en ninguna incompatibilidad señalada por ley para ejercer el cargo; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura al realizar las verifi caciones correspondientes que ordena dicha sentencia del Tribunal Constitucional, advirtió que el doctor Gil Sancho tenía incompatibilidad por razones de parentesco en el Distrito Judicial de Puno, lo que imposibilitó su reincorporación en la plaza ordenada; Que, ante dicha imposibilidad, el recurrente mediante escrito del 15 de diciembre de 2010, remite copia de la Resolución Nº 29 expedida por el 47º Juzgado Civil de Lima, que dispone su reincorporación en el cargo de Juez del Sexto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, debiendo considerarse para el cumplimiento del mandato lo indicado en el sexto fundamento de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional; Que, el Procurador Público del CNM mediante Informe Nº 079-2010-PRO-CNM del 27 de diciembre de 2010, opina que procedería la reincorporación del doctor Gil Sancho en la plaza del Distrito Judicial de Arequipa, previa constatación que se encuentre vacante y que el recurrente