Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2011 (22/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447001

Estos aportes se registran, se sistematizan y se ponen a disposicion del publico, salvo las excepciones establecidas en el reglamento, y se trasmiten a las instituciones publicas vinculadas a dichos aportes. TITULO V Regimen de fiscalizacion, supervision y control Articulo 145. Potestad fiscalizadora y sancionadora Otorgase potestad fiscalizadora y sancionadora a las autoridades regionales forestales y de fauna MORDAZA en el ambito de su competencia territorial y conforme a la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. En los procedimientos administrativos sancionadores, la autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA actua como primera instancia y la alta direccion del gobierno regional, como MORDAZA y MORDAZA instancia. El Serfor fiscaliza y sanciona las infracciones a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA vinculadas a los procedimientos administrativos a su cargo, conforme a la presente Ley y su reglamento. El Serfor actua en primera instancia administrativa, siendo la MORDAZA y MORDAZA instancia el Ministerio de Agricultura. Articulo 146. Infracciones El reglamento de la presente Ley tipifica las conductas que constituyen infraccion en materia forestal y de fauna MORDAZA, teniendo en cuenta los siguientes criterios: a. Se orienta a desincentivar las conductas que permitan o faciliten la extraccion, transformacion y comercializacion ilicita de recursos forestales y de fauna silvestre. La gravedad de los hechos. Cuando el hecho o acto signifique depredacion o exposicion al peligro y dano de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, se realice o no en un titulo habilitante. Que las conductas dificulten, imposibiliten u obstruyan la ejecucion de las labores de gestion, administracion, control, supervision y fiscalizacion de los recursos forestales y de fauna silvestre. La invasion de tierras comprendidas en el patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion. d. c.

e.

f.

g.

MORDAZA y las autoridades regionales forestales y de fauna MORDAZA y el Osinfor en la prevencion, investigacion y atencion de las denuncias por las infracciones a la presente Ley segun el MORDAZA legal vigente. La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Sunat) apoya las acciones de control de la autoridad competente segun el MORDAZA legal, dentro del ambito de su competencia. Las autoridades de los gobiernos regionales, gobiernos locales y la ciudadania en general brindan al Serfor y al Osinfor el apoyo y las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones de control, supervision y fiscalizacion. Dentro de los cincuenta kilometros de frontera, en zonas de emergencia o en cualquier otro lugar del territorio nacional donde se requiera de conformidad con las normas vigentes, las Fuerzas Armadas actuan en coordinacion con las autoridades competentes en la prevencion y control de actividades que atentan o contravienen lo dispuesto en la presente Ley. La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru (Dicapi) actua en la prevencion y control de actividades que atentan o contravienen lo dispuesto en la presente Ley e informa de lo actuado a la autoridad forestal y de fauna MORDAZA competente. El Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) actua de oficio o por denuncia en el caso de infracciones previstas en la Ley 28611, Ley General del Ambiente.

b. c.

Los gobiernos regionales, dentro de su ambito y en coordinacion con los gobiernos locales y la sociedad civil --incluyendo a las comunidades campesinas y nativas--, establecen estrategias para la prevencion de la MORDAZA y comercio ilegal de la madera. Articulo 148. Monitoreo, control y vigilancia comunales En el interior de las comunidades, sus miembros realizan actividades de monitoreo, control y vigilancia de los recursos forestales y de fauna MORDAZA bajo la supervision de sus autoridades comunales, en coordinacion con la autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA, otras entidades publicas responsables y las organizaciones campesinas y nativas. Los miembros de la comunidad designados por la asamblea comunal, y registrados ante la autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA, pueden constituirse como comites de vigilancia y control forestal comunitario, actuando en su ambito como custodios del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion. En su calidad de custodios del patrimonio forestal y de fauna MORDAZA de la Nacion, los comites pueden intervenir los productos forestales y de fauna MORDAZA hallados o transportados en el interior de su comunidad, para luego informar a la dependencia mas cercana de la autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA sobre cualquier eventual incumplimiento de la normativa forestal y de fauna MORDAZA que hayan detectado, a efectos de que dicha autoridad realice las investigaciones necesarias. La forma de organizacion de los comites de vigilancia y control forestal comunitario se rige por el estatuto y reglamentos internos de la comunidad. Para los fines del presente articulo, los comites de vigilancia y control forestal comunitario pueden solicitar el inmediato MORDAZA a la autoridad regional forestal y de fauna MORDAZA, la Policia Nacional del Peru y las Fuerzas Armadas, segun corresponda, sin perjuicio del ejercicio de las competencias de las autoridades competentes del sector forestal. Fuera de las tierras comunales, las organizaciones indigenas, comunidades y poblacion local participan en el control de los recursos forestales y de fauna MORDAZA como parte de los comites de gestion forestal y de fauna silvestre. En atencion a las tareas de control que estas desarrollan, el Estado promueve la participacion de las comunidades campesinas y nativas en los beneficios

d.

e.

Articulo 147. Acciones de control y vigilancia forestal y de fauna MORDAZA Los gobiernos regionales ejercen sus funciones de control de los recursos forestales y de fauna MORDAZA en el ambito de su competencia territorial, en el MORDAZA de las regulaciones especificas establecidas por el Serfor y en coordinacion con las instituciones que integran el Sinafor. El Serfor, como ente rector del Sinafor, coordina con las autoridades que toman parte en el control y vigilancia forestal y de fauna MORDAZA, orienta las actividades y asegura la capacitacion en materia forestal y de fauna MORDAZA de los integrantes del sistema. Son acciones comprendidas dentro del Sistema Nacional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna MORDAZA las desarrolladas por las siguientes instituciones: a. El Ministerio Publico brinda al Serfor, al Osinfor, a las autoridades regionales forestales y de fauna MORDAZA y a otros organismos encargados de la conservacion y manejo de los recursos de la fauna y MORDAZA MORDAZA, el apoyo y las facilidades necesarias para el adecuado cumplimiento de sus funciones de control, supervision y fiscalizacion. En coordinacion con estas entidades, el Ministerio Publico, como titular de la accion penal, actua junto con la Policia Nacional del Peru y las Fuerzas Armadas en materia de prevencion y denuncia de los delitos ambientales vinculados al uso de los recursos forestales y de fauna silvestre. La Policia Nacional del Peru, mediante su direccion especializada, actua en coordinacion con la autoridad nacional forestal y de fauna

b.

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