TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de julio de 2011 447006 Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, los cuales fueron propuestos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, involucrado en el proceso de transferencia, en su calidad de ente rector; Que, mediante los Informes de Concordancia N° 011- 2009-PCM/SD-OTME, Nº 021-2010-PCM/SD-OTME, N° 002-2011-PCM/SD-OTME y N° 003-2011-PCM/SD- OTME, elaborados de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/ SD, antes mencionada, los Gobiernos Regionales de Arequipa, Apurímac, Callao y Puno fueron declarados POR POTENCIAR, al no haber cumplido con alguno de los requisitos específi cos mínimos establecidos, según los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los mismos Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de la función g), en mención; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, a fi n de facilitar la certifi cación, y posterior acreditación de la función g), antes mencionada, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Apurímac, Callao y Puno, han suscrito los respectivos Convenios Marco Intergubernamentales, los cuales han sido remitidos a la Secretaría de Descentralización mediante los Ofi cios N° 199, 206 y 211-2011-VIVIENDA- SG/T, respectivamente, para continuar con el proceso de transferencia de dicha función; Que, al haber culminado la etapa de certifi cación, con la suscripción de los respectivos Convenios Marco Intergubernamentales, según lo antes señalado, corresponde a la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, proceder a la acreditación de la función g), antes mencionada, a los Gobiernos Regionales de Arequipa, Apurímac, Callao y Puno, mediante la resolución correspondiente; Que, luego de proceder a la acreditación, la Secretaría de Descentralización debe notifi car al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento así como a dichos Gobiernos Regionales, para que procedan a la efectivización de la transferencia de dicha función g), así como de los correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a dicha función, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/ SD: “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable; y, según lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 093-2007-PCM, para la identificación y cuantifi cación de recursos presupuestales asociados a las funciones materia de transferencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011- PCM se estableció un plazo defi nitivo para culminar con las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados en los planes anuales de transferencia de competencias sectoriales, aprobados durante el periodo 2003-2010, el mismo que vencerá a los 45 días de publicada la norma en mención; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29209; los Decretos Supremos Nº 093-2007-PCM, Nº 049-2008- PCM y N° 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD y 007-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento Certifi car que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y los Gobiernos Regionales de Arequipa, Apurímac, Callao y Puno, declarados, inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, según los Informes de Concordancia Nº 011-2009-PCM/SD-OTME, N° 021-2010- PCM/SD-OTME, Nº 002-2011-PCM/SD-OTME y Nº 003- 2011-PCM/SD-OTME han suscrito los correspondientes Convenios Marco Intergubernamentales, de acuerdo a lo establecido en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se les ACREDITA para la transferencia de dicha función. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y a los Gobiernos Regionales de Arequipa, Apurímac, Callao y Puno, los cuales han acreditado la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, para que procedan a la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, previstas en la etapa de efectivización de la transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2007-PCM/SD: “Normas para la Efectivización del proceso de transferencia del año 2007, de los Sectores a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 025-2007-PCM/ SD; y, la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044- 2008-PCM/SD, en lo que resulte aplicable. Artículo 3º.- Publicación La presente resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, los Informes de Concordancia Nº 011-2009-PCM/SD-OTME, N° 021-2010-PCM/SD-OTME, Nº 002-2011-PCM/SD-OTME y Nº 003-2011-PCM/SD- OTME, deberán ser publicados en la página Web de la Secretaría de Descentralización: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización 669132-1 Modifican la Res. Nº 002-2010-PCM/ CD y reconocen nuevos representantes de Gobiernos Regionales y Locales ante Comisión Intergubernamental del Ministerio de Educación, encargada de los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos al ciudadano RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 469-2011-PCM/SD Lima, 20 de julio de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 0236-2011-ME-VMGI del Ministerio de Educación y el informe Nº 025-2011-PCM/SD-OTME- AVC; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2007-PCM; Que, en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009”, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se ha incorporado un nuevo enfoque para continuar la descentralización administrativa de la provisión de los servicios públicos; para lo cual se inició, en el año 2003, un proceso de