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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447115 Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Técnico Nº 1281-2010-OC-ZR-I/SUNARP, de fecha 24 de junio de 2010, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº I - Sede Piura señala que el terreno en consulta se encuentra en zona donde no se aprecian predios con antecedentes gráfi cos registrales; Que, del estudio técnico se verifi có que un área de 383 052, 94 m² debe ser materia de exclusión del trámite de primera inscripción de dominio a efectos que sea incorporada con otros predios que formarán un sólo de continuidad, quedando como área materia de trámite 24 057 837,30 m²; Que, realizada la inspección técnica el 20 de enero de 2011, al área materia del trámite, se verifi có que ésta se encuentra libre de ocupación y que se accede a través de la carretera asfaltada Piura-Paita; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 24 057 837,30 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal (SDAPE) a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0230-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 23 de mayo de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 24 057 837,30 m², ubicado al Sureste del Centro Poblado Punta Yacila en la Jurisdicción del distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 668645-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 204-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de julio de 2011 Visto el Expediente Nº 207-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 075,52 m², ubicado sobre la vía denominada Prolongación de la calle Contralmirante Toribio Raygada, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 2 075,52 m², ubicado sobre la vía denominada Prolongación de la calle Contralmirante Toribio Raygada, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección con fecha 25 de mayo de 2011, se verifi có que el terreno, presenta una topografía plana y de suelo conformado por gravas y cantos rodados; Que, la Ofi cina Callao de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 01 de julio de 2011 sobre la base del Informe Técnico Nº 7671-2011-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 23 de junio de 2011, informa que el terreno materia de consulta se ubica en zona donde no se cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 075,52 m², de conformidad con los Artículos 38º y 40º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0348-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 13 de julio de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 075,52 m², ubicado sobre la vía denominada Prolongación de la calle Contralmirante Toribio Raygada, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX -Sede Callao- de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 668645-2