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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de junio de 2011 444196 del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dicha solicitud ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de la respectiva Orden de Inspección y referida en los Informes Nº 290-2011- MTC/12.04 y Nº 155-2011-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29626, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Moisés Rondón Rondón, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 13 al 20 de junio de 2011, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 290- 2011-MTC/12.04 y Nº 155-2011-MTC/12.04. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 13 AL 20 DE JUNIO DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 155-2011-MTC/12.04 Y Nº 290-2011-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 1229-2011-MTC/12.04 13-Jun 20-Jun US$ 1,600.00 LAN PERU S.A. Rondón Rondón, Moisés Santiago Chile Chequeo anual en ruta, chequeo técnico de profi ciencia y habilitación de Cat.II/III en simulador de vuelo del equipo A-319 a su personal aeronáutico. 9557-9622- 9623-9624 650417-1 Resuelven contratos de concesión suscritos con Telefónica Móviles S.A. para prestar servicio público de buscapersonas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2011-MTC/03 Lima, 7 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 612-92- TCC/15.17 de fecha 19 de agosto de 1992, se aprobó el contrato de concesión para la prestación del servicio público de buscapersonas en las provincias de Lima, Huaral, Huaura, Barranca, Cañete, Huarochirí y la Provincia Constitucional del Callao a favor de la Compañía Peruana de Teléfonos S.A. (CPT S.A.), suscribiéndose el respectivo Contrato de Concesión el 19 de noviembre de 1992; Que, mediante Escritura Pública del 10 de febrero de 1995, CPT S.A. modifi có su denominación por CPT - TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.; Que, por Resolución Ministerial Nº 283-95-MTC/15.17 del 4 de julio de 1995 se reconoce a CPT - TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A. como titular de las concesiones otorgadas a ENTEL PERÚ S.A. y CPT S.A. al habérsele transferido los derechos y obligaciones de éstas por efectos de la fusión por absorción de ENTEL PERÚ S.A. y CPT S.A. por parte de la empresa CPT - TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 068-96- MTC/15.17 de fecha 07 de febrero de 1996, se resuelve otorgar a la empresa CPT - TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A., concesión para la explotación del Teleservicio Público de Buscapersonas, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende las provincias y departamentos mencionados en el segundo considerando de la citada Resolución, habiéndose suscrito el respectivo contrato el 10 de julio de 1996; Que, con fecha 28 de abril de 1999 TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. solicita la transferencia de las concesiones otorgadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 612-92-TCC/15.17 y 068-96-MTC/15.17 a favor de TELEFÓNICA SERVICIOS MÓVILES S.A.C.; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 312-99- MTC/15.03 se resuelve aprobar la transferencia de las concesiones reconocidas a TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. para la prestación del servicio público de buscapersonas a que se refi eren las concesiones otorgadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 612-92-TCC/15.17 y 068-96-MTC/15.17, a favor de TELEFÓNICA SERVICIOS MÓVILES S.A.C.; Que, mediante Carta TM-925-A-374-05 de fecha 03 de junio de 2005, la empresa Telefónica Móviles S.A. comunica que ha entrado en vigencia la fusión por absorción de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A.C. (empresa absorbida) y COMUNICACIONES MÓVILES DEL PERÚ S.A. (empresa absorbente) cuya nueva denominación social de la empresa fusionada es TELEFÓNICA MÓVILES S.A.; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0265- 2007-MTC/17 de fecha 19 de febrero de 2007, se resolvió revocar totalmente la asignación del espectro radioeléctrico asignado a favor de la empresa TELEFÓNICA MÓVILES S.A., para la prestación del servicio público de buscapersonas, conforme al Anexo 1 de la Resolución Directoral N° 023-95-MTC/15.17, y al Anexo 2 del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución Ministerial N° 068-96-MTC/15.17, quedando sin efecto toda asignación efectuada por este Ministerio para la prestación del referido servicio, revirtiendo dicho espectro radioeléctrico al Estado;