Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 0224-2011-AG
Mediante Oficio N° 965-2011-AG-SEGMA el Ministerio de Agricultura solicita la publicacion de la Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial N° 0224-2011-AG, publicada en la edicion del 10 de junio de 2011. DICE: "Articulo Unico.- Designar, "... al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA,..." DEBE DECIR: "Articulo Unico.- Designar, "... al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,..."

De conformidad con la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ Ley Nº 29325; DECRETA: Articulo 1º.- Constitucion Autorizar la constitucion de un fideicomiso por parte del Ministerio del Ambiente en calidad de fideicomitente y la entidad fiduciaria seleccionada para la administracion de los fondos del Fideicomiso, conforme el respectivo Contrato. Articulo 2º.- Fondo del Fideicomiso El Fondo del Fideicomiso esta constituido por los recursos provenientes del pago de las multas por concepto de infraccion a las normas ambientales impuestas y hechas efectivas por las entidades con facultades para la fiscalizacion ambiental, que de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ Ley Nº 29325, deben transferirse al Ministerio del Ambiente. Articulo 3º.- Autorizacion para suscripcion del contrato Autorizar al Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Ambiente a suscribir el contrato de Fideicomiso, cuya constitucion se autoriza en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Comite de Administracion Constituyase el Comite de Administracion del Fideicomiso, quien actuara en representacion del Fideicomitente y estara encargado de definir las actividades de gestion ambiental a que se refiere el articulo 21º de la Ley Nº 28245 - Ley del Sistema Nacional de Gestion Ambiental. Los miembros del Comite de Administracion seran: a) La Viceministra de Gestion Ambiental b) La Viceministra de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales. c) El Secretario General del Ministerio del Ambiente. d) El Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado. e) El Presidente del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. Las acciones del Comite de Administracion se encontraran sujetas a lo dispuesto en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica ­ Ley N° 27785. El Reglamento a que hace referencia la Unica Disposicion Complementaria y Final establecera los mecanismos de reporte y control de las acciones del Comite de Administracion. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente y por el Ministro de Economia y Finanzas.

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AMBIENTE
Decreto Supremo que autoriza la constitucion del Fideicomiso para la administracion de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales
DECRETO SUPREMO Nº 011-2011-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, se creo el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya funcion general es disenar, establecer, ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respecto a MORDAZA, constituyendose como Autoridad Ambiental Nacional; Que, por Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ Ley Nº 29325, vigente desde el 06 de marzo de 2009, se crea el Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, que esta a cargo del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA como ente rector; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29325, dispone que las entidades que de acuerdo al articulo 21º de la Ley Nº 28245, Ley del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, hayan impuesto multas y hecho efectivo el cobro de las mismas por infracciones a normas ambientales, deberan transferir al MINAM, quien depositara estos recursos en un fideicomiso que sera constituido mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio del Ambiente, y establecera el procedimiento de administracion de los mismos; Que, el articulo 21º de la Ley Nº 28245, Ley del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, establece que lo recaudado por concepto de multas debera ser destinado a las actividades de gestion ambiental de la poblacion y/o areas afectadas; Que, mediante Oficio Nº 660-2009-OS-OAF del 04 de junio de 2009, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Minas (OSINERGMIN), ha puesto a disposicion del Ministerio del Ambiente el monto recaudado por concepto de multas por infracciones a las normas ambientales, conforme lo dispuesto en el articulo 21º de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ Ley Nº 28245, que hasta el 31 de marzo de 2009, asciende a S/. 9´841,743.57 nuevos soles; Que, en consecuencia, a efectos de administrar los fondos puestos a disposicion del Ministerio del Ambiente en cumplimiento de la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29325 y procurar un uso efectivo de los mismos, es necesario autorizar la constitucion de un fideicomiso;

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- El Ministerio del Ambiente, en un plazo de treinta (30) dias de la emision del presente Decreto Supremo, dictara el Reglamento del Comite de Administracion, para su mejor funcionamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

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