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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 1 de abril de 2012 463517 Aprueban para su ejecución los planes de estudios de carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura RESOLUCIÓN Nº 0254-2012-ANR Lima, 7 de marzo de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 195-2011-GOB.REG-PIURA.DRED. ESAPIM.DG, de fecha 07 de diciembre de 2011; el informe Nº 034-2012-DGDAC, de fecha 23 de enero de 2012; el memorando Nº 0089-2012-SE, de fecha 25 de enero de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29696, modifi ca el artículo 99º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, incorporando en sus alcances a determinados centros superiores de arte y música, entre ellos, a la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura, estableciéndose que mantiene el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por las leyes que lo rige y asimismo se establece que tiene los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Universitaria para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestrías y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 0599-2011-ANR, se aprobó la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733” con el objetivo de incorporar adecuadamente al Sistema Universitario del país a las instituciones educativas no universitarias que por mandato de Ley se les otorgue los derechos y deberes que la Ley Nº 23733, Ley Universitaria establece para las universidades del país; Que, dentro del marco legal precitado, mediante ofi cios de vistos, el Director General (e) de la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura, remite a la Asamblea Nacional de Rectores los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte para su evaluación y fi nes consiguientes; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores informa que los Planes de Estudios de las carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura, han sido elaborados en base a los criterios establecidos en el artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y lo normado por la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733”, por lo que opina favorablemente a emitir la correspondiente resolución; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución, conforme al informe Nº 034-2012-DGDAC, por la que se declare que la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura ha organizado el plan de estudios de las carreras que imparte de acuerdo al artículo 23º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29696, la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura, con sede en la ciudad de Piura, ha organizado el plan de estudios de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y lo normado por la “Guía de Adecuación de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº 23733”; quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: • Carrera Profesional de Artista Profesional, en las especialidades de: - Pintura - Escultura - Grabado - Producción en Diseño Gráfi co y Artes Publicitarias • Carrera Profesional de Educación Artística, en las especialidades de: - Artes Visuales - Danza - Teatro Artículo 2º.- Precisar que las carreras antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas. Artículo 3º.- Establecer que la creación de nuevas carreras profesionales en la Escuela Superior de Arte Pública Ignacio Merino de Piura requieren de la coordinación previa con la Asamblea Nacional de Rectores, en cumplimiento al inciso e) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la institución y transcribirla a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Asamblea Nacional de Rectores para los fi nes que dispone la Ley. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 771137-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen expedir títulos de Fiscal Adjunto Provincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima Norte y de Fiscal Adjunta Provincial Penal (Corporativa) de Trujillo RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 081-2012-CNM Lima, 23 de marzo del 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 4492-2012-MP-FN-SEGFIN, de fecha 6 de marzo de 2012, remitido por el señor Secretario General de la Fiscalía de la Nación; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para