TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de diciembre de 2012 480376 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 876205-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016 DECRETO SUPREMO Nº 119-2012-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, establece como Política de Estado la afi rmación de un Estado efi ciente y transparente (política 24°), así como la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas (política 26°); correspondiendo al Estado afi rmar en la sociedad y en el Estado principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos; Que, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), creada por Decreto Supremo N° 016-2010-PCM, del 28 de enero del 2010, es un espacio de coordinación y planificación, a mediano y largo plazo, de las acciones dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; y, está conformado por los titulares de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como los Presidentes de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales y la Asociación de Municipalidades del Perú, el Secretario Ejecutivo del Acuerdo Nacional, la Directora Ejecutiva de PROÉTICA, el Presidente de la CONFIEP; y, el Defensor del Pueblo como observador; Que, corresponde a la CAN, según el artículo 1 de su norma de creación y el artículo 3 inciso b) de su Reglamento, aprobado mediante Acuerdo N° 003-2010-CAN, realizar la supervisión y seguimiento del cumplimiento del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción así como su actualización; Que, el periodo de vigencia del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2008-2011, puesto en conocimiento público el 23 de diciembre del 2008, culminó en el mes de diciembre del 2011; por lo que, la Coordinación General de la CAN como resultado de un proceso participativo -en el que han intervenido representantes de las entidades REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL