Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2012 (09/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2012

Que, en este sentido, en el MORDAZA de las acciones de promocion comercial MORDAZA de importancia para el MORDAZA, y teniendo en cuenta el interes institucional en participar en el citado evento, resulta procedente autorizar el viaje de los ingenieros MORDAZA MORDAZA Rabines MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupo, ambos especialistas de la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, por cuanto permitira promover las potencialidades de los productos peruanos; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viaticos seran asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura; Que, el inciso a) numeral 10.1 del articulo 10° de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo aquellos casos, que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad, que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los ingenieros MORDAZA MORDAZA Rabines MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bacigalupo, ambos especialistas de la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, del 10 al 14 de diciembre de 2012, a la MORDAZA de Managua, Republica de Nicaragua, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias posteriores al termino del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA RABINES MORDAZA Pasajes Viaticos Total : $ 1,845.00 : $ 1,000.00 : $ 2,845.00

DEFENSA
Suspenden aplicacion de disposiciones normativas senaladas en la R.D. Nº 1417-2011/DCG que aprueba el "Codigo de Gestion de Seguridad y Proteccion Ambiental para Plataformas Marinas de operaciones con Hidrocarburos"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1233-2012 MGP/DCG Callao, 5 de noviembre del 2012 Vista, la Carta SP-OM-1559-2012, del Representante Legal de la empresa SAVIA PERU S.A., de fecha 27 de setiembre del 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, establece que corresponde a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas en su condicion de Autoridad Maritima Nacional aplicar y hacer cumplir la mencionada Ley, sus normas reglamentarias, las regulaciones de los sectores competentes y los Convenios Internacionales y otros instrumentos internacionales ratificados por el Estado Peruano referidos al ambito de aplicacion de la acotada Ley; Que, el articulo A-010501 incisos (4) y (18) del Reglamento de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres aprobado por Decreto Supremo Nº 028 DE/MGP del 25 de MORDAZA del 2001, establece que son funciones de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas en su condicion de Autoridad Maritima Nacional, dictar las normas complementarias y emitir resoluciones sobre asuntos de su competencia relativos a las actividades maritimas, fluviales y lacustres, asi como reconocer e inspeccionar naves y expedir los certificados correspondientes de acuerdo con las disposiciones nacionales e internacionales vigentes; Que, el Estado Peruano forma parte del "Convenio Internacional para prevenir la Contaminacion por los Buques, 1973", ratificado mediante Decreto Ley Nº 22703 de fecha 25 de septiembre de 1979, asimismo a traves del Decreto Ley Nº 22954 de fecha 26 de marzo de 1980, se ratifico el Protocolo de 1978 relativo al Convenio anteriormente senalado, reconociendosele por ese motivo como "Convenio Internacional para prevenir la contaminacion por los Buques 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL 73/78), sobre el particular cabe indicar que el citado Convenio Internacional establece en su Anexo I que las Plataformas Marinas de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos deberan ser consideradas como buques; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1417-2011/ DCG de fecha 27 de diciembre del 2011, se aprobo el "Codigo de Gestion de Seguridad y Proteccion Ambiental para Plataformas Marinas de operaciones con Hidrocarburos", estableciendose que el mismo entraria en vigencia a los SESENTA (60) dias de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante documento del visto el Representante Legal de la empresa SAVIA PERU S.A., solicita a esta Autoridad Maritima se declare en suspenso provisional la entrada en vigencia de la Resolucion Directoral Nº 1417-2011/DCG de fecha 27 de diciembre del 2011, a efectos de poder desarrollar las labores de evaluacion y adecuacion que resulten necesarias para su pertinente implementacion en las Plataformas Marinas de operaciones con Hidrocarburos que opera la citada empresa, y que resulten aplicables a otras del mismo MORDAZA que operen en el dominio maritimo del Estado Peruano; Que, es necesario que las disposiciones de caracter tecnico normativo que promulguen las autoridades de la administracion publica tomen en consideracion la razonabilidad de su implementacion a fin de asegurar

MORDAZA MORDAZA MORDAZA BACIGALUPO Pasajes Viaticos Total : $ 1,845.00 : $ 1,000.00 : $ 2,845.00

Articulo 3.- El cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4.- Los profesionales cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, deberan presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participacion, dentro de los quince (15) dias posteriores a su retorno al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura 875873-1

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