Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458747

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban Constitucion y Estatuto de la Mancomunidad Municipal de MORDAZA Este - Carretera Central
ORDENANZA Nº 165-MDL Chosica, 20 de diciembre de 2011. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, en sesion ordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 194º, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 2 de su Titulo Preliminar, prescriben que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establecio el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el articulo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 2º de la Ley de la Mancomunidad Municipal define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, con los fines de promover desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el articulo 5º, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion. Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento para la constitucion de las mancomunidades municipales; se senala que la ordenanza municipal aprueba la constitucion de la mancomunidad municipal, con la ratificacion del contenido del Acta de Constitucion, su Estatuto, y la designacion del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General. Que, mediante Informe Tecnico Nº 3387-2011-GPP/ MDL-CH, de fecha 14 de diciembre de 2011, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad, da su opinion favorable sobre la viabilidad para la constitucion de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central". Que, mediante Informe Legal Nº 506-2011/GAJMDLCH de fecha 14 de diciembre de 2011, la Gerencia de Asesoria Juridica da su opinion legal favorable en relacion al Acta de Constitucion y el Estatuto de conformacion de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central. Que, a traves del Acta Vinculante firmada el 16 de junio de 2011, los alcaldes de las municipalidades distritales de Ate, Chaclacayo, Lurigancho y MORDAZA MORDAZA expresaron su decision de conformar la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central, MORDAZA al cual se integro la Municipalidad de El MORDAZA el 2 de setiembre de 2011. Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado; articulo 79º, inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: Aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE MORDAZA ESTE - CARRETERA CENTRAL Articulo 1°.- La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad aprobar la constitucion de la "Mancomunidad

Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central", segun Acta de fecha 3 de noviembre de 2011, suscrita por los senores Alcaldes de las Municipalidades de los siguientes distritos que en orden alfabetico se indican: · Ate · Chaclacayo · El MORDAZA · Lurigancho · MORDAZA MORDAZA La Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central tiene por objeto: a. El fomento y revalorizacion de los espacios turisticos, culturales, de recreacion y esparcimiento. b. El desarrollo territorial y economico productivo para fomentar la competitividad de los servicios. c. La participacion en la gestion ambiental para la conservacion de la MORDAZA del rio MORDAZA, las subcuencas y el paisaje cordillerano. d. La participacion en el diseno e implementacion de politicas publicas orientadas al desarrollo humano, para la erradicacion de la pobreza y la extrema pobreza. e. La promocion de la planificacion del desarrollo MORDAZA y rural. f. La seguridad ciudadana y la promocion de una cultura de paz. g. La modernizacion de la institucionalidad municipal en sus diferentes aspectos, incluyendo la conectividad a traves de los medios electronicos e integrando digitalmente a los distintos integrantes de la Mancomunidad. Articulo 2°.- Delegar las competencias y funciones a la Mancomunidad MORDAZA Este ­ Carretera Central, las que se detallan a continuacion: I.- Funciones especificas exclusivas: a) Impulsar el MORDAZA de planeamiento para el desarrollo MORDAZA y rural, con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA, en el ambito territorial de la Mancomunidad Municipal. b) Concertar con instituciones del sector publico y privado de su jurisdiccion sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo economico e integral. c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales. d) Fortalecer y desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº28846. e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva de acuerdo a lo senalado en la Ley Nº29337 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº192-2009-EF. f) Organizar un servicio de serenazgo o vigilancia intermunicipal, de acuerdo a las normas establecidas por la Municipalidad Provincial. II.- FUNCIONES ESPECIFICAS COMPARTIDAS: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la Mancomunidad Municipal, en coordinacion con la Municipalidad Provincial y organismos regionales y nacionales competentes. b) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes. c) Promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad. d) Participar en el diseno, promocion y ejecucion de programas y proyectos de lucha contra la pobreza, en especial contra la desnutricion infantil, en coordinacion con la Municipalidad Provincial y el Gobierno Regional. e) Contribuir a la elaboracion y aplicacion de instrumentos de gestion ambiental. f) Promover la educacion ambiental y vial, la participacion ciudadana y una ciudadania ambientalmente responsable. g) Participar en la elaboracion de los planes de gestion del recurso hidrico de la MORDAZA del rio Rimac.

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