Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

458739

Articulo Tercero.- DISPONER, que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 736920-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Reconocen a Tecnologica de Alimentos S.A. como titular de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica de Vegueta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº302-2011-GRL-GRDE-DREM MORDAZA, 14 de Diciembre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 350777 sobre autorizacion para desarrollar las actividades de generacion de energia electrica en la Central Termica de Vegueta, en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Huaura, otorgados por la Resolucion Ministerial Nº124-2000-EM/VME, de la que es titular el Grupo Sindicato Pesquero del Peru SA (Sipesa SA); y la solicitud de cambio de titularidad a favor de Tecnologica de Alimentos SA, con RUC Nº20100971772, con domicilio en MORDAZA Begonias 441, oficina 352, Distrito de San MORDAZA, Provincia de Lima. CONSIDERANDO: Que, el inciso "d" del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es funcion de los Gobiernos Regionales "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2006MEM/DM, publicada el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la funcion establecida inciso d) del articulo 59 de la ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 052-2005-PCM, la misma que comprende tanto el otorgamiento de Autorizacion para la Generacion de Energia Electrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Definitivas para Generacion con RER con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW. Siempre que se encuentren en la respectiva Region; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 314-95EM/VME, del 20 de Noviembre de 1995, se otorgo autorizacion a favor del sindicato pesquero del Peru SA, para desarrollar la actividad de Generacion electrica en la Central Termica de Vegueta, en el Distrito de MORDAZA Provincia de Huaura Departamento de MORDAZA con una capacidad instalada de 2.51 MW. Que, en virtud de la Resolucion Ministerial Nº1242000-EM/VME, del 07 de MORDAZA del 2000, se resuelve el cambio de MORDAZA titular de la autorizacion al Grupo Sindicato Pesquero del Peru SA (Grupo Sipesa SA), como titular de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion en la Central Termica de Vegueta, otorgada por Resolucion Ministerial Nº 314-95-EM/VME. Que, con escrito Expediente Nº 350777 del 06 de diciembre del 2011, la Empresa Tecnologica de Alimentos representada por su Apoderado MORDAZA Hebert MORDAZA MORDAZA, solicita se le tenga como MORDAZA titular de la autorizacion a que se refiere el considerando que antecede,

manifestando como sustento que por escritura publica extendida el 24 de noviembre del 2006, fue formalizada la fusion por absorcion aumento de capital, modificacion denominacion social y modificacion de estatutos del Grupo Sindicato Pesquero del Peru SA, bajo su nueva denominacion, Tecnologica de Alimentos SA, acto que se encuentra inscrito en la partida Nº722618 del registro de personas juridicas del MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA oficina Registral, SUNARP, tal como consta en la MORDAZA del testimonio obrante en el Expediente. Que, la Direccion Regional de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado la solicitud presentada, ha emitido informe favorable Nº 200-2011 ­ GRL ­GRDEDREM - CHLO; Estando a lo dispuesto en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67º del Reglamento, Aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Tener a la Empresa TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A, como titular de la Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion en la central Termica de Vegueta, otorgada por Resolucion Ministerial Nº 314-95-EM/VME. Articulo 2°.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) dias calendarios siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA GUIO Director Regional de Energia y Minas (e) 737441-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Ordenanza de Regularizacion de Edificaciones en el distrito
ORDENANZA Nº 347-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 28.11.2011; el Dictamen Nº 011-2011-CDU-MDC, emitido por la Comision de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 197-2011-SGOP-GDU/MC de fecha 31.08.2011, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas; el Informe Nº 367-2011-GDU/MC de fecha 19.09.2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 800-2011GAJ-MDC de fecha 24.10.2011, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto del Proyecto de Ordenanza de Regularizacion de Edificaciones: Licencia de Edificacion, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion y Levantamiento de Cargas en el Distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia y rigen su accionar conforme a la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas que, con arreglo a la Constitucion regular el funcionamiento y actividades del sector publico nacional y tienen la potestad de normar regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, como establece el articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades;

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