Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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sustraidos en forma sistematica del almacen de la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque; Que, la evaluacion de la informacion alcanzada a la Comision en su oportunidad evidencia la comision de un delito contra el patrimonio, hecho que debe determinarse en MORDAZA distinto al puramente administrativo y que es la materia de desempeno de las Comisiones Permanentes de Procesos Administrativos Disciplinarios conforme lo establece el Decreto Legislativo Nº 276 en su Articulo 32. Que, del contenido de los hechos informados se establece que existe una afectacion de bien mueble sustraido ilegitimamente lo cual configura el delito de hurto previsto en el Titulo V, Capitulo I, Articulo 185º del Codigo Penal Peruano; Que, puesto el documento a consideracion del Directorio de Gerentes Regionales, en sesion ordinaria del dia 04 de Octubre del 2011 se aprobo autorizar la intervencion del Procurador Publico Regional para el inicio de acciones necesarias, interponiendo la denuncia correspondiente ante el Ministerio Publico y el seguimiento a que hubiera lugar; Por tanto, de conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el inciso a) del Art. 21º de la Ley Nº 27867 ­Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de Descentralizacion; el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº017-2008-JUS; con el visado de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Procurador Publico Regional ­ para la interposicion de la denuncia y seguimiento de las acciones legales que resulten pertinentes ante la perdida de 156 varillas de MORDAZA corrugado de diferentes medidas, valorizado en S/. 10,782.08 y que se presume fueron sustraidos en forma sistematica del almacen de la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion y los antecedentes del caso, a la Procuraduria Publica Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Articulo Tercero.- DISPONER, que la Oficina Regional de Administracion, cumpla con remitir toda la documentacion relacionada con la denuncia informada a traves del Oficio 010-2011-GR.LAMB/CPPAD-P, de fecha 22 de Setiembre del 2011; debidamente autenticada, a la Procuraduria Publica Regional, en el plazo de 48 horas contados a partir de la fecha de recepcion de la presente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 736905-1

Autorizan a Procurador Publico Regional interponer acciones legales contra presuntos responsables de cobro indebido de suma de dinero
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 579-2011-GR.LAMB/PR Chiclayo, 17 de noviembre del 2011 VISTOS: El Oficio 0374-2011-GR.LAMB/GRTC de fecha 12 de Octubre del 2011 y documentos que contiene; el Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales de fecha 14 de Octubre del 2011; y CONSIDERANDO: Que, por Oficio 0374-2011 del Visto, el Licenciado MORDAZA MORDAZA PAZ MORDAZA, en su calidad de Gerente

Regional de Transportes y Comunicaciones pone en conocimiento de la Presidencia Regional la Hoja Informativa Mº 003-2011 GR.LAMB/GRTC-OECI que refiere los resultados de la investigacion por cobro indebido del cheque Nº 53399979 por el monto de S/.1,182.66 (Un mil ciento ochenta y dos con 66/100 nuevos soles) correspondiente a la cuenta del Banco de la Nacion 0231031235; Que, de las observaciones contenidas en la Hoja Informativa se advierte que el dia 18 de MORDAZA del 2011, la Oficina de Contabilidad y Tesoreria de la ex-Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, detecta la existencia de duplicidad en el pago correspondiente al mes de marzo del ano en curso, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contratado en dicha direccion bajo la modalidad C.A.S - Decreto Legislativo Nº 1057; Que, detectado el problema y requerido el contratado para la devolucion del dinero, este manifiesta que en ningun momento ha recibido el cheque Nº 533999979 materia de autos, expresando por el contrario su extraneza por lo ocurrido; Que, realizada las averiguaciones ante el Banco de la Nacion, se obtiene MORDAZA certificada del cheque Nº 53399979 por la suma de S/.1,182.66, el mismo que fue cobrado el dia 20 de MORDAZA del 2011, en la agencia bancaria del Banco de la Nacion de la MORDAZA de Ferrenafe, MORDAZA que permite verificar que la rubrica del endoso difiere de la que aparece en el documento nacional de identidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALTAMIRANO. Que, el area de Contabilidad y Tesoreria de la ex Direccion Regional de Transportes informa a la Oficina Ejecutiva de Control Institucional de dicha dependencia, que el cheque Nº 53399979 y el Comprobante de Pago Nº 182-09 fueron entregados el dia 19 de MORDAZA del 2011 al Ex Administrador de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones, Ingeniero MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA, a su solicitud, desconociendose el motivo de la misma. Que, el dia 19 de MORDAZA del 2011, esto es, al dia siguiente de detectada la irregular emision y tramite del cheque Nº 53399979, el Ingeniero MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA hace entrega al Cajero Pagador de la DRTC, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de dinero en efectivo ascendente a la suma de S/.1,182.66 equivalente al valor contenido en el cheque cobrado en el Banco de la Nacion, Agencia de Ferrenafe, el dia 20 de MORDAZA del 2011. Que, de la Hoja Informativa Nº 003-2011 GR.LAMB/ DRTC, se concluye que la Oficina de Personal de la ex Direccion Regional de Transportes, elaboro erroneamente la Planilla de Personal CAS, del mes de Marzo 2011, al incluir al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como contratado, cuando sus labores se iniciaron recien a partir del 1 de MORDAZA del 2011. Que, igualmente se concluye que en caso de autos, se ha identificado un MORDAZA irregular en el cobro del cheque Nº 53399979, toda vez que el Comprobante de Pago emitido a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no registra firma alguna de los responsables de su emision, visacion y conformidad de recepcion, ni mucho menos de la planilla del personal CAS de marzo 2011. Que la Oficina Administrativa no detecto oportunamente el pago irregular del cheque Nº 53399979, a pesar que no contaba con la documentacion contable que lo sustente, afectando con ello los fondos de la entidad. Que el Ingeniero MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA desempeno el cargo de Jefe de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional de Transportes del Gobierno Regional MORDAZA desde el 26 de Febrero al 10 de Junio del presente ano. Que, de la evaluacion de la informacion alcanzada a traves de la Hoja Informativa Nº 003-2011 GRLAMB/ DRTC-OECI, se evidencia la comision del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de PECULADO, tipificado en el Articulo 387º del Codigo Penal Peruano, y del delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Generica, tipificado en el Articulo 438º del mismo cuerpo legal. Que, la presunta participacion y responsabilidad de los senores Ingeniero MORDAZA MORDAZA EXEBIO MORDAZA ex administrador de la ex Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Cajero Pagador de la ex Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones; y de los servidores

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