Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

Que, el Art. 41 MORDAZA parrafo de la Ley General del Sistema de Bienes Estatales-Ley Nº 29151, establece que es funcion del Gobierno Regional MORDAZA, en concordancia con el Art. 18º del Reglamento de esta Ley, aprobado por D.S.Nº 007-2008-VIVIENDA, reasignar un bien de dominio publico a otra entidad responsable del servicio publico, por razones debidamente justificadas, de conformidad con lo expuesto en el considerando precedente en concordancia. Que, segun el documento del visto, el Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial, solicita la adjudicacion en uso de un terreno del Estado para la edificacion de la nueva sede institucional del Tribunal Superior Militar Policial del Norte (Sala, Juzgados y Fiscalias Militares Policiales), con jurisdiccion sobre los departamentos de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Amazonas; Que, conforme al acta de fecha 01 de MORDAZA del 2011, se ha constatado que el predio estatal ubicado en la MZ. O Lote 1 de la Urb. Los Sauces ­Primera Etapa, del distrito de MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, con 2,497.00 m2, inscrito en la partida P10131232 de la MORDAZA Registral Nº II Chiclayo, a nombre del Estado - Ministerio de Educacion, no se le viene otorgando el uso educativo para el cual fue otorgado, al constatarse la inexistencia de infraestructura y uso educativo, siendo por tanto un terreno sin construir, no tiene cerco perimetrico y es susceptible de ser invadido por terceras personas, situacion que concuerda con la opinion de la Gerencia Regional de Educacion de MORDAZA emitida mediante Oficio Nº 76-2011.GR.LAMB/GREDUGEL-CHIC de fecha 22 de setiembre del 2011, debiendo en consecuencia el Gobierno Regional MORDAZA, reasignar este bien de dominio publico a favor Tribunal Supremo Militar Policial, extinguiendose por ello la finalidad de bien de dominio publico para uso educativo. Que, en ese sentido resulta conveniente reasignar el uso a este bien de dominio pubico conforme lo establece el MORDAZA parrafo del Art. 41 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA, para su mejor aprovechamiento por el Tribunal Militar Policial del Norte, que estara constituidos por MORDAZA, Juzgados y Fiscalias Militares Policiales, por ser procedente su proyecto "Sede Institucional del Tribunal Militar Policial del Norte"; Que, los fundamentos expuestos por el Supremo Tribunal Militar Policial, cumplen con lo establecido por el Art. 97 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 0072008-VIVIENDA, al senalar que por la afectacion en uso se otorga el derecho de usar a titulo gratuito un predio a una entidad para que lo destine al uso o servicio publico y excepcionalmente para fines de interes y desarrollo social; Con las visaciones correspondientes y en uso de las atribuciones conferidas por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, Ley Nº 27395, Ley Nº 27444, Decreto Supremo Nº 071-2001, Resolucion Nº 362-2001/SBN , Resolucion Nº 315-2001SBN, Art. 35º Inc. j) de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Regionalizacion, Art. 62º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales entre el MEF y Gobierno Regional MORDAZA de fecha 06 de marzo del 2006, Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2005-GR.LAMB/GGR de fecha 15 de MORDAZA del 2005, modificada por Resolucion Gerencial General Regional Nº 096-2005-GR.LAMB/GGR de fecha 19 de MORDAZA del 2005, y Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006 y Resolucion Presidencial Nº 255-2008GR.LAMB/PR de fecha 08 de MORDAZA del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de MORDAZA del 2011, que aprueba la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ R.O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Extinguir el uso educativo del predio estatal de dominio publico ubicado en la MZ. O Lote 1 de la Urb. Los Sauces ­Primera Etapa, del distrito de MORDAZA, Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, con 2,497.00 m2, inscrito en la partida P10131232 de la MORDAZA Registral Nº II Chiclayo, a nombre del Estado - Ministerio de Educacion, incorporandolo como bien

de dominio publico a nombre del Estado, representado por el Gobierno Regional MORDAZA, en merito a la transferencia de competencias en administracion y adjudicacion de terrenos del Estado, conforme a la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Afectar en uso INDEFINIDO a favor del Tribunal Supremo Militar Policial el lote de terreno propiedad del Estado, representado por el Gobierno Regional MORDAZA, ubicado en la Mz. O Lote 1 de la Urb. LOS Sauces- Primera Etapa, con 2,497.00 m2, inscrito en la partida P10131232 de la MORDAZA Registral Nº II Chiclayo, para la ejecucion exclusiva de la construccion de la nueva sede institucional del Tribunal Superior Militar Policial del Norte (Sala, Juzgados y Fiscalias Militares Policiales) de acuerdo al perfil tecnico presentado. Articulo Tercero.- La afectacion en uso que se otorga al Tribunal Supremo Militar Policial Militar, esta sujeta a las obligaciones de la entidad afectataria y causales de extincion de la afectacion en uso previstas por los Arts. 101, 102, 105 y 106 del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por D.S. Nº 007-2008 ­VIVIENDA. Articulo Cuarto.- El plazo para la construccion de la Sede Institucional Tribunal Superior Militar Policial del Norte, es de tres (03) anos, computables desde el dia siguiente de la inscripcion de la presente resolucion en el Registro de Propiedad de Inmueble, en caso de incumplimiento del plazo otorgado, procedera la desafectacion o extincion de la afectacion en uso otorgada al Tribunal Supremo Militar Policial. Articulo Quinto.- Se inscribiran como cargas lo resuelto por los articulos tercero y MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Sexto.- La MORDAZA Registral Nº II Sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos por el merito de la presente Resolucion, efectuara la inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Regional 736931-1

Disponen independizacion de area que forma parte de predio ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo, destinado a la construccion de instituto de medicina legal
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL Nº 195-2011-GR.LAMB/ORAD Chiclayo, 3 de octubre del 2011 VISTO: El Oficio Nº 254-2010-MP-ADM-LAMB de fecha 21 de enero del 2011, del Ministerio Publico solicitado la afectacion en uso de una area de terreno para la construccion del Instituto de Medicina Legal III A MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional MORDAZA es competente para inmatricular, administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establecen el inc. j) del art. 35º de la Ley 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion y el art. 62º de la Ley Nº 27687 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de MORDAZA del 2006, se comunico que el 06 de marzo del 2006 el Ministerio de Economia y Finanzas con el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA suscribieron el Acta de Entrega y Recepcion, por la cual se formalizo la transferencia de competencias para administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, ubicados en la jurisdiccion de este gobierno

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