Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2012 (28/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de enero de 2012

NORMAS LEGALES
Horario de Atencion: · Lunes a MORDAZA de 08:00 am. a 10:00 pm. Plazo de Autorizacion:

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VISTOS: Los Partes Diarios N°s 076678, 079314 y Expedientes N°s 2011-012722 y 2011-012791 presentados por ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MORDAZA S.A.C.-ALPAMT S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Partes Diarios Nº 076678 y 079314 la empresa denominada ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MORDAZA S.A.C.ALPAMT S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y sus modificatorias, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores Integrales; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorandum Nº 2523-2011-MTC/15, remitido por la Direccion General de Transporte Terrestre, se adjunta el Informe Nº 25-2011-MTC/15.jsm y el acta de la inspeccion ocular, realizada a La Escuela, al respecto, en el informe MORDAZA indicado senala que esta cumple con todo lo senalado en la relacion de bienes, muebles y enseres, memoria descriptiva, planos de ubicacion y de distribucion de los locales propuestos; Que, estando a lo opinado en el Informe N°027-2012MTC/15.03.A. LEGAL.mgr de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, es procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; y la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MORDAZA S.A.C.- ALPAMT S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y III y Clase B Categoria IIc; y en consecuencia procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela: ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MORDAZA S.A.C.- ALPAMT S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales. Ubicacion del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS Y TALLER TEORICO-PRACTICO DE MECANICA: MORDAZA Las Lilas N° 415 ­ 417 (3er. y 4to. piso), Agrupacion San MORDAZA, Distrito de Lince, Provincia y Departamento de Lima. CIRCUITO DE MANEJO: Barrio MORDAZA de Animas denominado la Totora, Distrito de MORDAZA MORDAZA Provincia de Huaura y Departamento de Lima.

Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario O cial El Peruano. Articulo Segundo.- La Escuela, contara con la siguiente ota vehicular: FLOTA VEHICULAR
MORDAZA 1 2 3 4 5 JAC HYUNDAI HYUNDAI HINO LAM Modelo A-CLASS COUNTY MIGHTY 2.5 TON GH LAM 125 MTX Ano Placa Fab. AUTOMOVIL LJ12FKR1XB4290074 D2A052570 2010 B3FM1 659 OMNIBUS KMJHD17BPAC904769 D4DB9396999 2009 A1AM3 776 CAMION N2 KMFGA17NPNU048455 D4ANN036047 1992 B3I949 CAMION N3 JHDGH1JMU7XX12583 J08CTT30251 2007 A5U870 VEH.AUT. 8V8B711J2BP000030 162FMJ8AC01006 2011 B4MEN. L5 9821 Clase Nº Chasis Nº de Motor

Articulo Tercero.- La Escuela, impartira los cursos en el local autorizado, con la siguiente plana docente:
Cargo de Instruccion Director Instructor Teorico de MORDAZA Instructor Practico de Manejo Instructor Teorico ­ Practico de Mecanica Instructor Teorico- Practica en Primeros Auxilios Psicologa Docente a cargo · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA Ayarza MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA · MORDAZA Ibet MORDAZA MORDAZA

Articulo Cuarto.- La Escuela, debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario O cial El Peruano. Articulo Quinto.- La Escuela autorizada: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores presentara su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de ASESORIA LEGAL POLICIAL ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE MORDAZA S.A.C. ALPAMT S.A.C., a traves de su Escuela de Conductores Integrales, de su Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipi cacion, Cali cacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Setimo.- Encargar a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, la veri cacion del cumplimiento de las condiciones en infraestructura del local autorizado, de conformidad con

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