Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2012 (28/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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de la Obra Accesoria OAT3-01 del Tramo 3: MORDAZA - Corral Quemado, del Eje Multimodal del Amazonas Norte - IIRSA NORTE, ubicados en el distrito de Shipasbamba, provincia de Bongara, departamento de Amazonas; Que, mediante el O cio N° 1025-2011/VIVIENDAVMCS-DNC, la Direccion Nacional de Construccion remite a la Unidad Gerencial de Estudios, cuatro (4) Informes Tecnicos de Tasacion conteniendo las valuaciones comerciales de los predios afectados por la ejecucion de la mencionada Obra Accesoria; Que, mediante el Memorandum N° 5523-2011MTC/20.6 y el Informe N° 230-2011-MTC/20.6.3/CGR de la Unidad Gerencial de Estudios, se mani esta respecto de los expedientes remitidos por la Direccion Nacional de Construccion, que el titular del predio afectado identi cado con el codigo OAT3-01-A01 por la ejecucion de la Obra Accesoria OAT3-01 del Tramo 3: MORDAZA - Corral Quemado, del Eje Multimodal del Amazonas Norte - IIRSA NORTE, tiene su derecho de propiedad debidamente inscrito, por lo que corresponde que dicha valuacion sea aprobada de conformidad con la Ley N° 27628; Que, a traves del Informe N° 850-2011-MTC/20.3 emitido por la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de Provias Nacional, se encuentra procedente, en aplicacion de la Ley N° 27628, efectuar el tramite para la aprobacion de la valuacion comercial correspondiente al predio que indica el Informe N° 230-2011-MTC/20.6.3/CGR; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolucion correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27628 y Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la valuacion comercial correspondiente al predio identi cado con el codigo OAT301-A01, por el valor de US $ 9 241,29, contenido en el Informe Tecnico de Tasacion de fecha 26 de agosto de 2011, afectado por la ejecucion de la Obra Accesoria OAT301 del Tramo 3: MORDAZA - Corral Quemado, del Eje Multimodal del Amazonas Norte - IIRSA NORTE, ubicado en el distrito de Shipasbamba, provincia de Bongara, departamento de Amazonas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en la localidad de Curahuasi, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 033-2012-MTC/03
MORDAZA, 19 de enero de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-006121 presentado por el senor DAIVI MORDAZA MORDAZA SULLCAHUAMAN, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion

de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es de nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 091-2004MTC/03, modi cada por Resoluciones Viceministeriales N° 886-2007-MTC/03, N° 064-2008-MTC/03 y N° 163-2008MTC/03, rati cada mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, modi cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 164-2009-MTC/03, N° 544-2010MTC/03 y N° 537-2011-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Curahuasi, la misma que incluye al distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, indicado en el parrafo precedente, establece 0.25 Kw. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modi co las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor DAIVI MORDAZA MORDAZA SULLCAHUAMAN no se encuentra obligado a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 4287-2011-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por el senor DAIVI MORDAZA MORDAZA SULLCAHUAMAN para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi catorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Curahuasi, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 091-2004-MTC/03 y sus modi catorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03, y sus modi catorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor DAIVI MORDAZA MORDAZA SULLCAHUAMAN, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Curahuasi, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 94.9 MHz. : COMERCIAL

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