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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2012 470948 cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, Con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, se publicaron en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos profesionales expedidos por universidades del país; así como la Resolución Nº 1895- 2006-ANR, que modifi ca dicho Reglamento; Que, mediante Resolución R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.06, esta Universidad, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyó en el nuevo “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolución R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante documento de fecha 06.10.11, don Christiaan Julio Cordova Arizaga, solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Medicina, el cual fue expedido por esta Universidad el 09 de Marzo de 2007, señala que dicho diploma se habría olvidado en un vehículo de servicio público por la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para su atención, adjunta la copia de la denuncia policial y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, expedidas por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 19.04.10, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, confi rió el Diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina, a favor del solicitante, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 104, Folio Nº 194 y Registro Nº 77261, que obra en la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Ofi cio Nº 050- 2011-ORGT-SG-COG-UNFV del 20.12.11, señala que el requerimiento de Christiaan Julio Cordova Arizaga, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller; En mérito a la opinión de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Ofi cio Nº 1967-2011-OCAJ-UNFV, de fecha 26.12.11; estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 911-2011-R-UNFV, de fecha 29.12.11; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 05 de fecha 11.01.12, acordó autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina, a favor de don Christiaan Julio Cordova Arizaga; y De conformidad con la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, y la Resolución N° 2149-2011-R-COG-UNFV del 09.11.11; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad, la expedición del duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Medicina, a favor de don CHRISTIAAN JULIO CORDOVA ARIZAGA, asentado en el Libro Nº 104, Folio Nº 194 y Registro Nº 77261 y fecha de expedición 09.03.07, el cual obra en la referida Ofi cina. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notifi cará bajo cargo al interesado, la presente Resolución, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- La Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, notifi cará a la Asamblea Nacional de Rectores, l presente Resolución, para los fi nes perinentes. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectores Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina “Hipólito Unanue”, así como la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 816345-4 Autorizan expedición de duplicados de diplomas de Título Profesional de Ingeniero Industrial y Licenciada en Enfermería otorgados por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 1327-2012-CU-UNFV San Miguel, 18 de junio de 2012 Visto, el Oficio Nº 1021-2012-OCAJ-UNFV, del 03.05.2012, con NT. 33524, de la Jefa de la Oficina Central de Asesoría Jurídica de esta Casa Superior de Estudios, mediante el cual remite el Informe Legal Nº 428-2012-OCAJ-UNFV, de la misma fecha, relacionado a la solicitud de duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Industrial, expedido por esta Universidad, a nombre de don EDMER NOE VÁSQUEZ VÁSQUEZ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, publicada el 18.11.2005, en el Diario Ofi cial El Peruano, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con Resolución Nº 1525-2006-ANR, modifi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por universidades del país; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 2291-2006- UNFV de fecha 11.05.2006, la Universidad Nacional Federico Villarreal, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluyéndolo en el “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado con Resolución Rectoral Nº 4871- 2003-UNFV, de fecha 11.03.2003; Que, con escrito de fecha 20.04.2012, don EDMER NOE VÁSQUEZ VÁSQUEZ, solicita el duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Industrial, el mismo que fue otorgado por esta Universidad el 19.10.2007, para lo cual adjunta la denuncia policial de fecha 14.04.2012, por pérdida del referido documento, la publicación de la pérdida del referido diploma, así como el recibo de pago correspondiente, entre otros documentos; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, de fecha 13.04.2012, expedido por la Asamblea Nacional de Rectores, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, con fecha 19.10.2007, expidió el Diploma de Título Profesional de Ingeniero Industrial, a don EDMER NOE VÁSQUEZ VÁSQUEZ, el cual se encuentra registrado a fojas 120 del Libro Nº 72 y registro Nº 60121, que obra en