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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (03/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2012 467700 VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de Mayo del 2012, la solicitud de la Presidencia Regional relacionada a la propuesta de Acuerdo Regional relativo a Autorizar la Transferencia Financiera a favor de la de la Municipalidad Distrital de Pataz para la ejecución de la Obra Pública: “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”, dictaminada por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la acotada Ley que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, los literales a) y d) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2012, respecto de las transferencias fi nancieras permitidas durante el año fi scal 2012, autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los gobiernos regionales y gobiernos locales y de éstos a favor del gobierno nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondo públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del Artículo 75° de la ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en el caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofi nanciamiento de dichos proyectos a través de la transferencia fi nanciera, detallando las responsabilidades de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos; Con Ofi cio N° 261-2012-GRLL-GGR-GR|, de fecha 9 de febrero de 20L2, la Gerencia Regional de Infraestructura solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la acreditación presupuestal del proyecto: “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”; Que, con Ofi cio N° 146-2012-GRLL-GGR/GRPPAT, de fecha 20 de febrero de 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, manifi esta que de acuerdo con el Presupuesto Institucional Aprobado para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, Certifi ca el Crédito Presupuestario, en concordancia con lo establecido en el Artículo 77° de la Ley N° 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el numeral 13.6 del Artículo 13° de la Directiva N° OO5-2010- EF/76.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, anotando la existencia del Proyecto: “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”, con un total equivalente a S/. 5’327,752.00 (Cinco Millones Trescientos Veintisiete Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, con Carta N° 03-2012-MDP-AL de fecha 28 de febrero del 2012, el Sr. Cesar Mendoza Mendoza, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pataz, reitera su solicitud de transferencia fi nanciera para la ejecución de la obra, “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”, por la suma de S/. 5’327,752.00 (Cinco Millones Trescientos Veintisiete Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), adjuntando copia del Acta de Sesión Ordinaria de Concejo N° 024- 2011-MDP, de fecha once de julio de 2011, en la cual se autoriza al Alcalde a fi rmar el Convenio con el Gobierno Regional La Libertad, a fi n de concretizar la transferencia fi nanciera para la ejecución del proyecto en mención; Que, con Ofi cio N° 424-2012-GR-LL-GGR-GRI, de fecha 08 de marzo de 2012, la Gerencia Regional de Infraestructura, en mérito al Informe N° 088-2012- GRLL-GGR-GRI-SPRU, solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la opinión favorable a la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pataz para la ejecución del proyecto: “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”; Que, con Ofi cio N° 309-2012-GRLL-GGR/GRPPAT, de fecha 04 de abril de 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza opinión favorable a la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pataz, para la ejecución del proyecto: “Mejoramiento de la Calidad Educativa de los Ocho Centros Educativos”; Que, con Ofi cio N° 1361-2012-GRLL-GGR/GRAJ, de fecha 09 de abril de 2012, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica remite a la Gerencia General Regional, el informe Legal N° 142-2012-GRLL-GGR/GRAJ-SMTI, el mismo que hace suyo en calidad de Gerente Regional, emitiendo opinión favorable respecto del Proyecto de Acuerdo Regional en mención; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley N° 27902, y estando a lo acordado: HA TOMADO EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATAZ por la suma total de S/. 5’327,752.00 (Cinco Millones Trescientos Veintisiete Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA DE LOS OCHO CENTROS EDUCATIVOS”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente Regional suscribir el Convenio respectivo que establece el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Mando se registre, notifi que y cumpla. Dado en Trujillo, a los 14 días del mes de Mayo del dos mil doce. OLGA ROSA YGLESIAS PELAEZ Consejera Delegada 794038-2