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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (03/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2012 467703 POR TANTO: Mando se registre, notifi que y cumpla. Dado en Trujillo, a los 14 días del mes de Mayo del dos mil doce. OLGA ROSA YGLESIAS PELAEZ Consejera Delegada 794038-4 ACUERDO REGIONAL N° 058 -2012-GR-LL/CR Trujillo, 14 de Mayo del 2012 “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOCHE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA: MEJORAMIENTO DEL COLISEO LUZ MARINA NEIRA DE FERNÁNDEZ, DISTRITO DE MOCHE – TRUJILLO – LA LIBERTAD”. El CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de Mayo del 2012, la solicitud de la Presidencia Regional relacionada a la propuesta de Acuerdo Regional relativo a Autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Moche para la Ejecución de la Obra Pública: “Mejoramiento del Coliseo Luz Marina Neira de Fernández, Distrito de Moche – Trujillo – La Libertad”, dictaminada por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la acotada Ley que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, los literales a) y d) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, respecto de las transferencias fi nancieras permitidas durante el año fi scal 2012, autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los gobiernos regionales y gobiernos locales y de éstos a favor del gobierno nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondo públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del Artículo 75° de la ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en el caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofi nanciamiento de dichos proyectos a través de la transferencia fi nanciera, detallando las responsabilidades de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos; Que, la Municipalidad Distrital de Moche mediante ofi cio N° 090-2012-ALC-MDM, de fecha 22 de marzo del 2012, solicita el cofi nanciamiento de la obra: “Mejoramiento del Coliseo Luz Marina Neira de Fernández, Distrito de Moche – Trujillo – La Libertad”, la misma que se encuentra viable y con Código SNIP N° 109158, adjuntando copia fedateada del acta Nº 011 de la sesión extraordinaria de fecha 21 de marzo de 2012, así como el expediente técnico de la obra mencionada cuyo monto de inversión asciende a la suma de S/.1´258,785.55 (Un Millón Doscientos Cincuenta y Ocho Mil Setecientos Ochenta y Cinco y 55/100 Nuevos Soles); Que, mediante Ofi cio N° 315-2012-GRLL-GGR/ GRPPAT, de fecha 04 de abril del 2012, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión favorable a la propuesta de transferencia fi nanciera; Que, con Razón N° 022, de fecha 9 de abril de 2012, dirigida a la Gerente Regional de Asesoría Jurídica, se solicita requerir a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emita la certificación de Crédito Presupuestario para la ejecución del referido proyecto; Que, con Ofi cio N° 04-2012-GRLL-GGR/GRP, de fecha 11 de abril de 2012, la Gerencia Regional de Presupuesto y Hacienda remite a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la Certifi cación de Crédito Presupuestario del Proyecto: “Mejoramiento del Coliseo Luz Marina Neira de Fernández, Distrito de Moche – Trujillo – La Libertad”, con un total de S/. 900,000.00 (Novecientos mil y 00/100 Nuevos Soles); de acuerdo con el Presupuesto Institucional Aprobado para el Ejercicio Fiscal del año 2012, Fuente de Financiamiento: 1. Recursos Ordinarios, en concordancia con lo establecido en el Art. 77° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el numeral 13.6 del Art. 13 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria; Que, con Ofi cio N° 1434-2012-GRLL-GGR/GRAJ, de fecha 12 de abril del 2012, el cual contiene el Informe Legal N° 124-2012-GRLL-GGR/GRAJ-MLGC, la Gerente Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al proyecto de Acuerdo Regional; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara sus voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley N° 27902, y estando a lo acordado: HA TOMADO EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOCHE, por un monto total equivalente a S/. 900,000.00 (Novecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DEL COLISEO LUZ MARINA NEIRA DE FERNÁNDEZ, DISTRITO DE MOCHE – TRUJILLO – LA LIBERTAD”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente Regional suscribir el Convenio respectivo que establece el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, así como