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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2012 467705 de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37° y Artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley N° 27902, y estando a lo acordado: HA TOMADO EL ACUERDO REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN, por un monto total equivalente a S/. 1’449,813.00 (Un Millón Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Trece y 00/100 Nuevos Soles), para la Ejecución de la Obra Pública: “MEJORAMIENTO DE TRAMOS CRÍTICOS DE LOS CANALES DE RIEGO MORALES, HUABO, CAÑA PERDIDA, MARINUÑEZ, COTON, MATRIZ I Y MONTEVIDEO DEL VALLE JEQUETEPEQUE - PROVINCIAS DE PACASMAYO Y CHEPÉN - LA LIBERTAD”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente Regional suscribir el Convenio respectivo que establece el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Mando se registre, notifi que y cumpla. Dado en Trujillo, a los 14 días del mes de Mayo del dos mil doce. OLGA ROSA YGLESIAS PELAEZ Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad 794038-7 ACUERDO REGIONAL N° 061 -2012-GR-LL/CR Trujillo, 14 de Mayo del 2012 “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SITABAMBA PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA: MEJORAMIENTO DEL CENTRO EDUCATIVO N° 80591 PIJOBAMBA – NIVEL SECUNDARIO – DISTRITO DE SITABAMBA– PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO – LA LIBERTAD”. El CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de Mayo del 2012, la solicitud de la Presidencia Regional relacionada a la propuesta de Acuerdo Regional relativo a “Autorizar la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Sitabamba para la Ejecución de la Obra Pública: Mejoramiento del Centro Educativo N° 80591 Pijobamba – Nivel Secundario – Distrito de Sitabamba– Provincia de Santiago de Chuco – La Libertad”, dictaminada por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la acotada Ley que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, los literales a) y d) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, respecto de las transferencias fi nancieras permitidas durante el año fi scal 2012, autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los gobiernos regionales y gobiernos locales y de éstos a favor del gobierno nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondo públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del Artículo 75° de la ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en el caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofi nanciamiento de dichos proyectos a través de la transferencia fi nanciera, detallando las responsabilidades de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos; Que, mediante Ofi cio N° 45-2011-MDS-A del 10 de agosto del 2011, el Sr. Gerson Rodríguez Sumarán, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sartimbamba, solicita al Gobierno Regional La Libertad cumplir con el compromiso de fi nanciar y ejecutar la Obra Pública “Mejoramiento del Centro Educativo N° 80591 Pijobamba – Nivel Secundario – Distrito de Sitabamba– Provincia de Santiago de Chuco – La Libertad”, precisando haber asumido el compromiso de elaborar el Expediente Técnico, el cual ha sido presentado en el mes de diciembre del 2010, no habiéndose terminado su revisión; Que, con Ofi cio 1274-2011-GRLL-GGR-GRI del 15 de agosto de 2011 la Gerencia Regional de Infraestructura informa a la Municipalidad Distrital de Sitabamba que, con fecha 21 de julio del 2011, se recibió del proyectista contratado por la Municipalidad, el Expediente Técnico subsanando las observaciones que se formularon en su oportunidad, que además se otorgó las facilidades a un Ingeniero para que realice las coordinaciones para la subsanación de las Observaciones, por lo cual se ha demostrado el apoyo por parte del Gobierno Regional para honrar el compromiso asumido; Que, en Acta de Compromiso de la Comunidad Educativa de Pijobamba, Distrito de Sitabamba – Provincia de Santiago de Chuco, suscrita el 28 de noviembre del 2011, se precisa que el Gobierno Regional La Libertad aprobará el Expediente Técnico de la Obra “Mejoramiento del Centro Educativo N° 80591 Pijobamba – Nivel Secundario – Distrito de Sitabamba– Provincia de Santiago de Chuco – La Libertad”, y suscribirá con la Municipalidad Distrital de Sitabamba el Convenio de Transferencia Financiera para la ejecución de la mencionada Obra; Que, con Ofi cio N° 146-2012-GR-LL-GGR/GRPPAT, de fecha 20 de febrero de 2012, la Gerencia Regional