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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (03/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2012 467704 disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Mando se registre, notifi que y cumpla. Dado en Trujillo, a los 14 días del mes de Mayo del dos mil doce. OLGA ROSA YGLESIAS PELAEZ Consejera Delegada Consejo Regional La Libertad 794038-6 ACUERDO REGIONAL N° 059-2012-GR-LL/CR Trujillo, 14 de Mayo del 2012 “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHEPÉN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PÚBLICA: MEJORAMIENTO DE TRAMOS CRÍTICOS DE LOS CANALES DE RIEGO MORALES, HUABO, CAÑA PERDIDA, MARINUÑEZ, COTON, MATRIZ I Y MONTEVIDEO DEL VALLE JEQUETEPEQUE - PROVINCIAS DE PACASMAYO Y CHEPÉN - LA LIBERTAD”. El CONSEJO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de Mayo del 2012, la solicitud de la Presidencia Regional relacionada a la propuesta de autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén, para la Ejecución de la Obra Pública: “Mejoramiento de Tramos Críticos de los Canales de Riego Morales, Huabo, Caña Perdida, Marinuñez, Coton, Matriz I y Montevideo del Valle Jequetepeque - Provincias de Pacasmayo y Chepén - La Libertad”, dictaminada por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y CONSIDERANDO: Que, conforme el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la acotada Ley que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, los literales a) y d) del artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el inc. c) del numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012, respecto de las transferencias fi nancieras permitidas durante el año fi scal 2012, autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras, entre los gobiernos regionales y gobiernos locales y de éstos a favor del gobierno nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondo públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del Artículo 75° de la ley N° 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en el caso de los Gobiernos Regionales las transferencias fi nancieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante Acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Asimismo es necesaria la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, en el que se debe de señalar los montos de cofi nanciamiento de dichos proyectos a través de la transferencia fi nanciera, detallando las responsabilidades de ambas partes, en el proceso de ejecución de proyectos; Que, con Acuerdo Regional Nº 090-2011-GR-LL/ CR, de fecha 20 de setiembre de 2011, se autorizó la transferencia fi nanciera por un monto total equivalente a siete millones ciento seis mil trescientos cincuenta y ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 7’106,358.00), a favor de la Municipalidad Provincial de Chepén, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento de Tramos Críticos de los Canales de Riego Morales, Huabo, Caña Perdida, Marinuñez, Coton, Matriz I y Montevideo del Valle Jequetepeque-Provincias de Pacasmayo y Chepén - La Libertad”. Que, la Municipalidad Provincial de Chepén mediante oficio N° 1884-2011-MDCH-A, de fecha 13 de diciembre del 2011, solicita se disponga la ejecución del saldo pendiente de transferir, equivalente a la suma de S/. 1’449,813.00 Nuevos Soles. Que, con Ofi cio N° 261-2012-GR-LL-GGR-GRI, de fecha 09 de febrero de 2012, la Gerencia Regional de Infraestructura solicita a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Certifi cación de Crédito Presupuestario para el Proyecto: “Mejoramiento de Tramos Críticos de los Canales de Riego Morales, Huabo, Caña Perdida, Marinuñez, Coton, Matriz I y Montevideo del Valle Jequetepeque - Provincias de Pacasmayo y Chepén - La Libertad”. Con Ofi cio N° 146-2012-GRLL-GGR/GRPPAT, de fecha 20 de febrero de 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, manifi esta que de acuerdo con el Presupuesto Institucional Aprobado para el Ejercicio Fiscal, Certifi ca el Crédito Presupuestario, en concordancia con lo establecido en el Art. 77° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el numeral 13.6 del Art. 13 de la Directiva N° 005-2010- EF/76.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, anotando la existencia del Proyecto: “Mejoramiento de Tramos Críticos de los Canales de Riego Morales, Huabo, Caña Perdida, Marinuñez, Coton, Matriz I y Montevideo del Valle Jequetepeque - Provincias de Pacasmayo y Chepén - La Libertad”, con un total de S/. 1’449,813.00 (Un millón cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos trece y 00/100 Nuevos Soles). Que, mediante Ofi cio N° 300-2012-GRLL-GGR/ GRPPAT, de fecha 04 de abril del 2012, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinión favorable a la propuesta de transferencia fi nanciera. Que, con Ofi cio N° 1433-2012-GRLL-GGR/GRAJ de fecha 12 de abril del 2012, el cual contiene el Informe Legal N° 148-2012-GRLL-GGR/GRAJ-SMTI, la Gerente Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al proyecto de Acuerdo Regional. Que, el artículo 39° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano e institucional o declara sus voluntad