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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468033 de Economía y Finanzas otorgó la viabilidad al Programa de Inversión “Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú”; Que, en el Informe Técnico Nº 016-2012-EF/63.01 que declara la viabilidad del Programa de Inversión “Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú” se señala que la máxima instancia del Programa de Inversión lo constituye un Comité Directivo; Que, mediante el Contrato de Préstamo suscrito el 30 de marzo de 2012 entre la República del Perú y el Japan International Cooperation Agency (JICA) se ha determinado que el Programa de Inversión Pública “Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú” estará dirigido por un Comité Directivo asimismo, ha establecido quienes conforman o integran dicho cuerpo colegiado; Que, resulta necesario conformar el mencionado Comité Directivo; Que, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conformar el Comité Directivo, máxima instancia del Programa de Inversión “Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú”, el cual estará constituido por los siguientes miembros: - El Viceministro de Agricultura o su representante, quien presidirá el citado comité. - Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas. - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. - El Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. - El Coordinador General de la Unidad de Coordinación del Programa, quien gozará de derecho a voz pero no a voto. Los representantes serán designados por los titulares de los sectores o las instituciones correspondientes, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2º.- Son funciones principales del Comité Directivo Programa de Inversión “Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú”, las siguientes: - Aprobar su Reglamento Interno. - Aprobar el Manual de Operaciones del Programa y sus modifi catorias. - Seleccionar y proponer al Ministro de Agricultura, a través de un concurso abierto, transparente y competitivo, una terna de candidatos para ocupar el cargo de Coordinador del Programa. - Hacer el seguimiento al desempeño de la gestión de la Unidad Coordinadora del Programa, proponiendo los ajustes para su mejora, de ser el caso. - Aprobar la estructura organizacional y organigrama de la Unidad Coordinadora del Programa, la que deberá incluir la cantidad de personal profesional contratado para las acciones y actividades del Programa. - Aprobar los Planes Operativos Anuales del Programa. - Recibir los informes de auditoría del Programa. Artículo 3º.- Públiquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal del Ministerio de Agricultura, http//www.minag.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 799437-1 Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis - Palcazú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0194-2012-AG Lima, 8 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2008- AG, se constituyeron los Consejos Directivos en los Proyectos Especiales de Jequetepeque - Zaña, Sierra-Centro-Sur, Pichis - Palcazú, Jaén - San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga, los cuales estaban conformados, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2012-AG, se modifi can los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 011-2008-AG, que constituyó los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales antes citados, quedando previsto que el Consejo Directivo estará conformado, entre otros, por un Director Ejecutivo, el que será designado por el Ministro de Agricultura a propuesta del Presidente del Consejo Directivo del correspondiente Proyecto Especial, mediante Resolución Ministerial; Que, contando con la propuesta del Presidente del Consejo Directivo, se ha visto por conveniente designar al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis - Palcazú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008- AG y la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento de y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al señor Juan Manuel de la Cueva Samaniego, como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis - Palcazú. Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 799437-2 Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0195-2012-AG Lima, 8 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2008- AG, se constituyeron los Consejos Directivos en los Proyectos Especiales de Jequetepeque - Zaña, Sierra-Centro-Sur, Pichis - Palcazú, Jaén - San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga, los cuales estaban conformados, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2012-AG, se modifi can los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 011-2008-AG, que constituyó los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales antes citados, quedando previsto que el Consejo Directivo estará conformado, entre otros, por un Director Ejecutivo, el que será designado por el Ministro de Agricultura a propuesta del Presidente del Consejo Directivo del correspondiente Proyecto Especial, mediante Resolución Ministerial; Que, contando con la propuesta del Presidente del Consejo Directivo, se ha visto por conveniente designar