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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468045 para el ingreso de personal militar de la República de Ecuador, sin armas de guerra; Que, personal militar de la República de Ecuador ingresará a territorio nacional del 10 al 16 de junio de 2012, a fi n de participar en la VIII Reunión de Estados Mayores entre la Fuerza Naval del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Ecuador detallado a continuación, del 10 al 16 de junio de 2012, a fi n de participar en la VIII Reunión de Estados Mayores entre la Fuerza Naval del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú. 1. Contralmirante José NORITZ Romero 2. Capitán de Navío EM Darwin JARRIN Cisnero 3. Capitán de Navío EM Ramón GAVILANES Barzallo 4.T eniente de Navío SU José PAÑAFIEL Caícedo Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 799553-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO N° 088-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueba, entre otros, el presupuesto del Pliego Autoridad Portuaria Nacional; Que, con fecha 28 de enero de 2011, se suscribió el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Financiamiento, Conservación y Explotación del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, entre el Estado de la República del Perú, en su calidad de Concedente, y el Consorcio Transportadora Callao S.A., en su calidad de Concesionario, estableciéndose como monto referencial de inversión CIENTO VEINTE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 120 330 000,00), incluido el Impuesto General a las Ventas - IGV; Que, el numeral 6.10 de la Sección VI del referido Contrato de Concesión, dispone que el costo de la Supervisión del Diseño, incluido el IGV, será asumido por el Concesionario, siendo el monto máximo a destinarse a este concepto y otros gastos vinculados, el 1% del monto referencial de la inversión; en ese contexto, el Concesionario cumplió con depositar en el año 2011 los recursos fi nancieros para la referida Supervisión en la cuenta del Tesoro Público, quedando un saldo disponible para el año 2012 de TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 87/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 264 798,87); Que, el literal b) del artículo 6° de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establece que la incorporación de los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de concesión que se orienten a fi nanciar obligaciones previstas en los contratos de concesión o gastos imputables, directa o indirectamente a la ejecución de los mismos, se efectúa mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a propuesta del Titular del Pliego; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, mediante Ofi cio Nº 0498-2012-MTC/04, el Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012, hasta por el monto de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 774 892,00), para el fi nanciamiento de la Supervisión del Diseño del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao; Que, resulta necesario autorizar la incorporación de los citados recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 774 892,00), para el fi nanciamiento de la Supervisión del Diseño del Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales en el Terminal Portuario del Callao, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 774 892,00 TOTAL INGRESOS 774 892,00 ========= EGRESOS En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 214 Autoridad Portuaria Nacional UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Portuaria Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2.045273 : Concesiones Portuarias