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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468043 Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Juan Pablo OYARCE Arescurenaga, CIP. 00024302, DNI. 44427829, para que participe en el Curso Básico de Explosivos y Desminado “EXDE” que se desarrollará en el Centro de Especialistas, Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, ciudad de Coveñas, República de Colombia, del 20 de junio al 17 de agosto de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima – Montería (COLOMBIA) – Lima US$. 807.54 US$ 807.54 Pasaje Terrestre: Montería – Coveñas – Montería (COLOMBIA) US$ 50.00 x 2 (ida y vuelta) US$ 100.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 2,400.00 / 30 días (jun) x 11 días US$ 880.00 US$. 2,400.00 1 mes (jul) US$ 2,400.00 US$. 2,400.00 / 31 días (ago) x 17 días US$ 1,316.13 TOTAL A PAGAR: US$ 5,503.67 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6º.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha del retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 799558-16 Autorizan viaje de Suboficial del Ejército Peruano a Brasil en Misión de Estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 271-2012-DE Lima, 08 de junio de 2012 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 042/DIEDOC/ C-7.b, del 27 de febrero de 2012, de la Dirección de Educación y Doctrina; CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del SO2 EP Willy Miguel TRAVEZAÑO MENDEZ, como Alumno participante en la Pasantía de Desminado, a realizarse en la ciudad de Brasilia DF, de la República Federativa de Brasil, en el período comprendido del 12 de junio al 11 de julio de 2012; Que, es de interés Institucional la capacitación del personal de Suboficiales que participan en forma voluntaria en los trabajos de desminado humanitario, lo cual permitirá al Ejército del Perú disponer de personal altamente entrenado y capacitado en detectar, sondear y usar detectores para localizar minas y cazabobos; así mismo obtener nuevos conocimientos en esta materia y nuevas técnicas de desminado. El personal que se ha designado a este curso será empleado en las diferentes fronteras de nuestro territorio para realizar el desminado de las minas que actualmente existen; Que, la citada misión de estudios ha sido incluida en el Rubro 1.- Formación/Califi cación/Especialización, ítem 12, del Anexo 01 (Recursos Ordinarios), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/SG del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejército del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa,