Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2012 (09/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de junio de 2012

Establecen la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina, ubicada en el departamento de Ica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 141-2012-MINAM MORDAZA, 6 de junio de 2012 Visto, los Oficios Nº 116 y Nº 230-2012-SERNANP-J de 7 de marzo y 15 de MORDAZA de 2012, respectivamente, del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, y demas antecedentes relacionados al establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las Areas Naturales Protegidas; Que, de conformidad con el articulo 1º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, las Areas Naturales Protegidas son aquellos espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; Que, segun se desprende del articulo 6º de la referida Ley, las Areas Naturales Protegidas de administracion nacional conforman en su conjunto el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, a cuya gestion se integran las instituciones publicas del gobierno central, gobiernos descentralizados de nivel regional y local, instituciones privadas y las poblaciones locales que actuan, intervienen o participan, directa o indirectamente, en la gestion y desarrollo de dichas areas; Que, el Ministerio del Ambiente tiene como funcion especifica dirigir el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE, de conformidad con lo establecido en el literal h) del articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; funcion que ejecuta a traves del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, que constituye el Ente Rector del SINANPE y su autoridad tecnico-normativa; Que, de conformidad con los articulos 7º y 13º de la Ley Nº 26834 y los articulos 42º y 59º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, mediante Resolucion Ministerial de Agricultura (hoy Ministerio del Ambiente), previa opinion tecnica favorable del INRENA (hoy SERNANP), podra establecerse de forma transitoria zonas reservadas en aquellas areas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como Areas Naturales Protegidas, requieren la realizacion de estudios complementarios para determinar, entre otros, la extension y categoria que les correspondera como tales; Que, a traves del articulo 4º de la Ley Nº 29732, Ley que modifica la Ley Nº 27914, Ley que declara de interes nacional la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, asi como su intangibilidad, se encarga al Ministerio del Ambiente, a traves del SERNANP, elaborar los estudios y realizar las acciones necesarias para que se incorpore la MORDAZA de la Huacachina al SINANPE, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento; Que, mediante los documentos de visto, y sobre la base de lo establecido en la precitada Ley y el contenido de los Informes Nº 100-2012-SERNANP-OAJ y Nº 1402012-SERNANP-DDE, de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Desarrollo Estrategico del SERNANP, respectivamente, se sustenta el establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina, sobre una superficie de dos mil cuatrocientas cincuenta y ocho hectareas con dos mil quinientos metros cuadrados (2,458.25 ha), ubicada en el distrito de Ica, provincia y departamento de Ica;

Que, el area propuesta como MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina constituye una de las zonas mas representativas de la Ecorregion del Desierto del MORDAZA, cuyo paisaje esta formado por una extensa planicie con relieve boscoso y presencia de dunas que se contrastan con la escasa pero importante vegetacion que existe en el entorno de las lagunas, y en zonas donde la MORDAZA freatica humedece la superficie facilitando la existencia de asociaciones de MORDAZA y fauna que constituyen un atractivo turistico; por lo que corresponde emitir la presente resolucion; Que, siendo esto asi, es necesario realizar estudios complementarios, estudios tecnicos mayores y llevar a cabo los procesos de consulta requeridos para definir los limites y categoria definitiva, para lo cual se requiere la conformacion de una Comision para la realizacion de dichos estudios, asi como para que conduzca el procedimiento de consulta a que se refiere el articulo 43º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas; Con el visado del Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, y la Secretaria General y Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio del Ambiente; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29732, Ley que modifica la Ley Nº 27914, Ley que declara de interes nacional la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, asi como su intangibilidad; y, la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0382001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Del establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina Declarar, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 29732, MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina, a la superficie de dos mil cuatrocientas cincuenta y ocho hectareas con dos mil quinientos metros cuadrados (2,458.25 ha), ubicada en el distrito de Ica, provincia y departamento de Ica, cuya delimitacion consta en la Memoria Descriptiva, Listado de Puntos Georeferenciados y Mapa, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Del objetivo del establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina Es objetivo del Establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina, conservar la diversidad biologica, cultural y paisajistica de dicha MORDAZA, la que forma parte del ecosistema especial de la Ecorregion del Desierto del MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA Desierto Desecado Subtropical (dd-S); asi como promover el uso sostenible de los recursos naturales del area, contribuyendo de esta manera al bienestar de la poblacion local y el de sus futuras generaciones. Articulo 3º.- De los derechos adquiridos El Estado reconoce los derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina y regula su ejercicio en MORDAZA con los objetivos y fines de la referida area, y con la normatividad de la materia. Articulo 4º.- De la Comision encargada de la categorizacion de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina Constituir una Comision que estara encargada de la formulacion de la propuesta de ordenacion territorial para la categorizacion definitiva de la MORDAZA Reservada MORDAZA de Huacachina, la misma que en un plazo no mayor a seis (6) meses, contados a partir de su instalacion, debe alcanzar al Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP, la propuesta de categorizacion correspondiente. La citada Comision estara integrada como sigue: · Un (01) representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ica, quien la presidira; · Un (01) representante de la Municipalidad Provincial de Ica;

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