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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (09/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468063 de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Sandra Belmont Blondet, funcionaria del Despacho Ministerial, del 09 al 14 de junio de 2012, para que acompañe al señor Canciller en las Visitas Ofi ciales que realizará el señor Presidente de la República y su comitiva a las ciudades de Ginebra, Confederación Suiza; Berlín, República Federal de Alemania; Bruselas, Reino de Bélgica; y Estrasburgo, República Francesa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios en lo que respecta a los viáticos, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Sandra Belmont Blondet 260.00 6 1,560.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 799192-1 Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0598/RE-2012 Lima, 08 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Presidencia Pro Tempore de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) ha convocado a la XXXIV Reunión Ordinaria del Consejo de Delegadas y Delegados de UNASUR y a la Reunión Extraordinaria del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de UNASUR, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 09 al 11 de junio de 2012; Que los referidos eventos revisten especial importancia en el marco de la Política Exterior del Perú, pues se abordarán temas relativos al desarrollo de la institucionalidad de UNASUR; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 2442 del Despacho Viceministerial y los Memoranda (DGA) N° DGA0484/2012, de la Dirección General de América, de 01 de junio de 2012; (UNS) Nº UNS0170/2012, de la Dirección de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos, de 08 de junio de 2012; y (OPP) Nº 0677/2012, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, 08 de junio de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Viceministro de Relaciones Exteriores y del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Enrique Chávez Basagoitia, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fi n que participen en la Reunión Extraordinaria del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de UNASUR, a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, el 11 de junio de 2012. Artículo 2º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, Director de UNASUR y Mecanismos de Coordinación Sudamericanos y del Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Irving Israel Jaime Lizárraga, funcionario de la Dirección General de América, para que participen en la XXXIV Reunión Ordinaria del Consejo de Delegadas y Delegados de UNASUR y en la Reunión Extraordinaria del Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de UNASUR, a realizarse en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, del 09 al 11 de junio de 2012. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 1,380.00 200.00 1+1 400.00 Luis Enrique Chávez Basagoitia 1,380.00 200.00 1+1 400.00 Luis Benjamín Chimoy Arteaga 998.00 200.00 3+1 800.00 Irving Israel Jaime Lizárraga 998.00 200.00 3+1 800.00 Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistan. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 799193-1