Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (21/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468768 están en proceso de lograrlo. Solamente responden las preguntas más fáciles de la prueba. Nivel 1 se ubican los estudiantes que, al fi nalizar el grado, no lograron los aprendizajes esperados. A diferencia del Nivel 1, estos estudiantes, tienen difi cultades hasta para responder las preguntas más fáciles de la prueba. Considerando que la Región Moquegua ha logrado alcanzar el Primer Lugar en el Evaluación Censal Escolar del 2011 dando un salto importante con un porcentaje signifi cativo de incremento en un 7.3 % de compresión lectora, y en los resultados de matemática un 4.6 % a comparación del año anterior lo que signifi ca que dentro del estándares de carácter nacional se ha contribuido a mejorar los resultados obtenidos de educación en el Perú. Sin embargo se debe señalar que el Departamento de Moquegua tiene tres Provincias dos de ellas cuentan con zonas rurales alto andinas alejadas y dispersas, las mismas que debe contar con mayores esfuerzos, calidad de atención y cobertura, por parte del apoyo del Gobierno Regional Local, distrital y demás instancias pertinentes logrando la equidad social e inclusión de zonas vulnerables acceder a las mismas oportunidades para lograr alcanzar el desarrollo sostenible. En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en Sesión Ordinaria del 12 de Abril por votación unánime de sus miembros aprueba lo siguiente. ACUERDO: Artículo Primero.- RECONOCER Y FELICITAR a los Estudiantes y Padres de Familia del Segundo Grado de la Instituciones Educativas de la Región Moquegua que ocuparon el 1er lugar de la ECE 2011, cuya nómina de estudiantes se encuentran en el anexo N° 01, que obra a fojas (60), adjunto del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- RECONOCER Y FELICITAR a los docentes del 2do grado de las Instituciones Educativas de la Región Moquegua que hicieron posible obtener el 1er lugar en los resultados de Evaluación Censal y que se encuentra incluidos en el anexo N° 02 adjunto del presente Acuerdo Regional, debiendo anotar como mérito del presente Acuerdo en sus respectivos legajos. Artículo Tercero.-ENCOMENDAR a los Directores, docentes de Instituciones Educativas y Docentes asuman el reto de mejorar el rendimiento académico para lograr el desarrollo educativo y mejorar nuestros resultados obtenidos para el presente año. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Educación, UGEL de las tres provincias, la ejecución, cumplimiento y seguimiento del proyecto Educativo Regional para motivar e impulsar a estudiantes y docentes de la Región Moquegua en acciones similares, siendo estas las principales herramientas para promover el desarrollo en la educación de nuestra región. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Entidad. Regístrese, publíquese y cúmplase. PABLO F. RAMÍREZ DELGADO Consejero Delegado Consejo Regional Moquegua 803678-1 Otorgan autorización a CFG Investment SAC., para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica para uso propio con central térmica ubicada en la región Moquegua DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 069-2012/DREM.M-GRM Moquegua,14 de junio de 2012 VISTO: El Informe N° 034-2012-RHCCC-UDME/DREM.M de fecha 14 de junio de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, ha dotado a los Gobiernos Regionales de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a la normativa vigente, en el marco del proceso de descentralización, se ha transferido a los Gobiernos Regionales, incluido el Gobierno Regional de Moquegua1, funciones sectoriales de energía y minas, previstas en el artículo 59º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056-2009- EM, ha precisado que la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, prevista en el Anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de autorización para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones defi nitivas para generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva región; Que, CFG INVESTMENT SAC, cuenta con una Planta Industrial de procesamiento de harina y aceite de pescado ubicada en a la altura de la Carretera Costanera Norte Km 11.2, distrito de Pacocha. Provincia de Ilo, región Moquegua, en la zona georeferenciada en el coordenadas UTM: PUNTOS ESTE SUR 1 249537.57 8058862.66 2 249373.13 8059035.94 3 249414.81 8058768.86 4 249259.26 8058939.16 Que, la demanda eléctrica de la referida Planta es de 1,200 kW, la cual es generada por una central térmica ubicada en sus instalaciones, comprendiendo 05 grupos electrógenos de 200 kW, 660 kW, 890 kW, 725 kW y 35 kW, que hacen una potencia instalada total de 2,510 kW (2.51 MW); Que, CFG INVESTMENT SAC, ha presentado el Expediente N° 2012-0269 de fecha 01 de Marzo de 2012, para obtener autorización de generación de energía eléctrica para uso propio; Que, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM, la Unidad Técnica de Electricidad ha despachado el Informe del visto, brindado su opinión favorable para el otorgamiento de la autorización pretendida; Por las consideraciones expuestas, deviene en pertinente expedir el presente acto resolutivo. Con las visaciones correspondientes y, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y, Resolución Ejecutiva Regional Nº 011-2011-GR/MOQ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR, autorización por tiempo indefi nido a CFG INVESTMENT SAC., que se identifi cara con código N° 3300021218, para desarrollar 1 Conforme al “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005” aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM y Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM.