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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de junio de 2012 468769 actividades de generación de energía eléctrica para uso propio con la central térmica de una capacidad instalada de 2,510 kW (2,51 MW), puesta en el local de la Planta Industrial de procesamiento de harina y aceite de pescado, ubicada a la altura de la Carretera Costanera Norte Km 11.2, distrito de Pacocha, provincia de Ilo, región Moquegua. Artículo Segundo.- PRECISAR, que la empresa autorizada está obligada a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el patrimonio Cultural de la Nación; así como remitir la información estadística y los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM y otras normas legales pertinentes. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a su expedición en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a CFG INVESTMENT SAC y a los demás entes que corresponda en la forma y plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS A. DURAN ESTUCO Director Regional 803880-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDIA N° 011 Ate, 12 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Proveído N° 1780-2012/MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el 191° Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 04 de Agosto del presente año, se celebra el 191° Aniversario de la Creación Política del Histórico Distrito de Ate; Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Que, mediante Proveído N° 1780-2012/MDA/A del Despacho de Alcaldía, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTICULO 20º Y ARTÍCULO 42° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 191° Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el 191° Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate. Artículo 2º.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Desarrollo Económico y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 804007-2 Expresan saludo y felicitaciones institucionales del Concejo Distrital de Ate al Alcalde ACUERDO DE CONCEJO N° 024 Ate, 31 de mayo de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Mayo del 2012, la Moción de Orden del Día presentada por los regidores: Erasmo Lázaro Bendezú Ore, Erasmo Segundo Cárdenas Obregón, Hernán Edilberto Grados Carnero, Aly Dante Carlos Villarroel, Jimmy Augusto Ramírez Gonzales, Edith Olinda Núñez Camarena, Edwin Adolfo Sacravilca Rondon; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado Acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional; Que, según lo establece el artículo 50º, inciso d), de la Ordenanza Nº 039-MDA de fecha 06 de Noviembre del 2003, que aprobó el Reglamento de Organización Interior del Concejo de Ate, las Mociones de Orden del Día son propuestas mediante las cuales los Regidores ejercen su Derecho de pedir al Concejo Municipal que adopte Acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses de la Comunidad; Que, el señor Alcalde de Ate ha recibido una vez más la confi anza del pueblo de Ate, expresada en el rechazo a su Revocatoria promovida por personas negativas, que sólo buscan intereses personales; en tal sentido, se hace justo y necesario expresarle a nuestros vecinos – en la persona del Señor Alcalde - el reconocimiento y la felicitación por tan acertada decisión de respaldar a nuestra gestión municipal no aceptando cualquier intento de desestabilizar a la actual administración pública; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y DE ACUERDO