Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2012 (21/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468767

o Consejo Municipal, segun sea el caso. Hecho que tambien ampara el literal d) del Articulo 15° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, al senalar que son atribuciones del Consejo Regional aprobar los estados financieros y presupuestarios; En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; el Reglamento Interno de Consejo aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; en merito al analisis y debate sobre la modificacion presupuestaria propuesta, el Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria del 16 de marzo del 2012, con el MORDAZA unanime de sus miembros y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la incorporacion del Credito Suplementario al Presupuesto Institucional 2012 por la suma de S/. 106,683.00 transferidos financieramente de INDECI al Gobierno Regional de Moquegua. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la incorporacion de los S/. 106,683.00 al Presupuesto Institucional 2012 del Gobierno Regional de Moquegua. Articulo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Gobierno Regional, remitiendo, MORDAZA del mismo a Presidencia Regional, Consejo Regional, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional y demas instancias comprendidas pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional MORDAZA 803679-2

Reconocen y felicitan a estudiantes y padres de familia del MORDAZA Grado de las Instituciones Educativas que ocuparon el primer lugar de la ECE 2011, asi como a los docentes que hicieron posible el resultado
CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 34-2012-CR /GRM 12 MORDAZA del 2012 VISTOS: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con fecha 12 de MORDAZA del ano dos mil doce, en sesion ordinaria de Consejo Regional. CONSIDERANDO Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; teniendo como estructura organica basica: el Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinacion Regional: Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional MORDAZA, el cual esta integrado por nueve consejeros regionales, elegidos por sufragio directo; el mismo que tiene las competencias constitucionales para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, turismo, educacion, salud entre otros, armonizando la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo, orientandolo hacia el ejercicio pleno de los derechos de sus habitantes en igualdad de oportunidades.

Que, con la Resolucion Ministerial N° 0413-2011-ED, el Ministerio de Educacion dispuso la implementacion y ejecucion a nivel nacional de la Evaluacion Censal de estudiantes 2011 (ECE 2011) a los estudiantes que cursaban el MORDAZA Grado de Primaria de Educacion Basica Regular en comprension lectora y matematicas cuyos resultados oficiales favorecen a la Region MORDAZA habiendo ocupado el primer lugar a Nivel Nacional con el 51.4 % de logro en comprension lectora y 29,1 en matematica, lo que significa que es el resultado del esfuerzo conjunto de docentes Padres de Familia, alumnos y Organos Intermedios existentes en nuestra Region Moquegua. Que, la Ley General de Educacion en su articulo 8 literal d establece que uno de los principios de la educacion es que la educacion peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del MORDAZA educativo con calidad asegurando las condiciones adecuadas para una educacion integral, pertinente, abierta, flexible y permanente, asimismo la MORDAZA glosada establece que la funcion del estado es la de normar, promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educacion nacional, garantizando iguales oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo; asimismo establece que la sociedad tiene el derecho y el deber de contribuir a la calidad y equidad de la educacion convirtiendose en una sociedad educadora al desarrollar la cultura y los valores democraticos. Que, el Art. 26 de la Ley 24029, Modificada por ley 25212, Ley del Profesorado establece que los profesores en ejercicio gozan de estimulos mediante Resoluciones Directorales el mismo que es concordante con el Art. 108 del D.S. N° 019-90-ED que establece que los estimulos de agradecimiento y felicitacion se otorgara al profesorado cuando la autoridad conozca de acciones excepcionales en beneficio de la Educacion y la cultura o por el cumplimiento altamente eficiente de las tareas o comisiones encargadas. Que, el Art. 55 de la Ley 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial establece que el Ministerio de Educacion y los Gobiernos Regionales y locales segun corresponde, mediante resolucion reconocen el sobresaliente ejercicio de la funcion docente el mismo que guarda relacion con lo establecido por el Art. 75 del D.S. N° 003-2008-ED Reglamento de la Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial. Que en la Ordenanza Regional N° 17- 2011-CR/GRM del Proyecto Educativo Regional en la que establece como Politicas Regionales en la N°01 Incrementar las oportunidades a todas las personas de acceder permanecer y recibir una educacion de calidad y equidad, con enfasis en la primera infancia sectores sociales desatendidos y en el area rural y MORDAZA marginal el mismo que es concordante con la septima politica aprobada que establece mejorar los resultados de aprendizaje, reduciendo repitencia, extra edad y desercion con atencion preferencial al tercer ciclo de educacion basica regular en zonas rurales y poblaciones indigenas
COMPRENSION LECTORA 2010- 2010- 20102011 2011 2011

Gobierno Regional

< Nivel < Nivel < Nivel Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2 1 1 1 44,0 51,4 7,1 48,9 44,1 2.5 4.9 7.3

MOQUEGUAa 4,6

RAZONAMIENTO MATEMATICO Gobierno Regional *

20102011

20102011

20102011

< Nivel < Nivel < Nivel Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2 Nivel 1 Nivel 2 1 1 1 % % 47,2 % 29,1 % 33,2 % 42,2 % 24,5 % 9.5 % 5 % 8.7

MOQUEGUAa

23,7

Que de acuerdo a la Evaluacion Censal Escolar establece que, el Nivel 2 se ubican los estudiantes que, al finalizar el grado, lograron los aprendizajes esperados. Estos estudiantes responden la mayoria de preguntas de la prueba. Nivel 1 se ubican los estudiantes que, al finalizar el grado, no lograron los aprendizajes esperados. Todavia

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