Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

Que, con Resolucion Ministerial Nº 923-2011/MINSA del 16 de diciembre de 2011, se aprobo el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Salud, aprobado por Resolucion Suprema Nº 008-2011-SA del 30 de junio de 2011, en el cual, el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, de la Oficina General de Estadistica e Informatica se le ha denominado Supervisor (a) Administrativo (a); Que, con Carta s/n de fecha 04 de junio de 2012, el Medico Cirujano Rollin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulo renuncia al cargo de Experto en Sistema Administrativo I, de la Oficina de Estadistica de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Salud; Que, en tal sentido resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el citado profesional y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes para asegurar el normal funcionamiento de la citada Oficina General; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276, en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Medico Cirujano Rollin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Estadistica de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, de la Oficina de Estadistica de la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 806953-3

Reestructuran la organizacion y dependencia funcional de las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 525-2012/MINSA MORDAZA, 26 de junio del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-026249-001, que contiene los Informes N° 1240-2012-DGSP/MINSA y N° 1092012-OGPP-OO/MINSA, cursados por la Direccion General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado determina la politica nacional de salud, el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y en tal sentido, es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental

para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la proteccion de la salud es de interes publico y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interes publico la provision de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institucion que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, senala que el Ministerio de Salud, como organo del Poder Ejecutivo es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte; Que, el articulo 5° de la precitada Ley, senala que el Ministerio de Salud disena y MORDAZA los procesos organizacionales correspondientes, en el ambito de su gestion institucional y sectorial, para lograr objetivos funcionales, como la conduccion y planeamiento estrategico sectorial de salud, asi como la cultura de salud para el desarrollo fisico, mental y social de toda la poblacion; Que, el articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, establece que la Direccion General de Salud de las Personas es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, gestion sanitaria y actividades de salud mental; Que, conforme a lo dispuesto en los literales c) y d) del precitado articulo, la Direccion General de Salud de las Personas, tiene entre sus funciones, disenar, normar, evaluar y mejorar continuamente el MORDAZA de proteccion, recuperacion y rehabilitacion de la salud en el sector, para la asignacion y logro de los objetivos funcionales correspondientes, asi como, establecer las normas, ejecutar y evaluar el desarrollo de las Estrategias Sanitarias Nacionales en el ambito de su competencia; Que, el numeral 5.4.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/ OGPP-V.02, Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modificatorias, establece que las entidades podran conformar areas funcionales, que en ningun caso forman parte de la estructura organica de la entidad; Que, las areas o unidades funcionales se establecen en el numero estrictamente necesario, a fin de facilitar la organizacion, supervision, control del trabajo, acortando y agilizando la cadena de mando en el Manual de Organizacion y Funciones, y su conformacion se sustenta cuando hay necesidad de segregar funciones incompatibles en una unidad organica para que exista independencia y separacion; asi como, cuando es necesario establecer un nivel de responsabilidad funcional, para una adecuada delegacion de autoridad que permita la adopcion de decisiones en los procesos operativos de caracter especializado, complejos o de gran magnitud, de modo que se cumpla con las responsabilidades asignadas; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 7712004/MINSA, se establecen las Estrategias Sanitarias Nacionales del Ministerio de Salud y sus respectivos organos responsables, como mecanismo necesario para mejorar la gestion sanitaria del sector; Que, con Resoluciones Ministeriales Nº 649-2007/ MINSA y 712-2007/MINSA, se establecen la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Bucal y la Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Ocular y Prevencion de la Ceguera, respectivamente, asi como al organo responsable de las mismas; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 425-2008/ MINSA, se establece la Estrategia Sanitaria Nacional de atencion a Personas Afectadas por Contaminacion de Metales Pesados y otras Sustancias Quimicas, asi como a su organo responsable; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 470-2008/ MINSA, se establece la Estrategia Sanitaria Nacionales de Zoonosis, con la finalidad de ejecutar el diagnostico,

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