Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2012 (27/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
Fecha MORDAZA de MORDAZA

469111

ACTO

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de diciembre del 2012 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de diciembre del 2013 Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de diciembre del 2014 Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de diciembre del 2015 MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 15 de diciembre del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercaderias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Siendo de Cargo de la empresa REPUESTOS BONG S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 799771-1

Que, el articulo 4º del citado reglamento establece a la Comision de Infracciones y Sanciones, como uno de sus organos de resolucion, con competencia para actuar como organo de decision en el procedimiento sancionador por las infracciones establecidas en este, la misma que debe estar conformada por tres (3) miembros; Que, al respecto, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y modificatorias, senala que los miembros de la citada Comision son designados para un periodo de dos (2) anos, por el Consejo Directivo de la Agencia, en virtud de la propuesta efectuada por el Director Ejecutivo; Que, en la sesion Nº 005-2012-CD/APCI del Consejo Directivo de la APCI, efectuada el 8 de junio de 2012, se aprobo, mediante Acuerdo Nº 013-2012-CD/APCI, la designacion de los miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI, propuestos por el Director Ejecutivo; Que, han sido designados como comisionados la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chang; el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivarola Moyano; y el senor abogado Jim MORDAZA MORDAZA Riveros; Que, por lo MORDAZA expuesto, es necesario formalizar la designacion efectuada por el Consejo Directivo de la APCI a traves de la respectiva Resolucion Directoral Ejecutiva; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creacion de la APCI ­ Ley Nº 27692 y sus modificatorias, y por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la APCI ­ aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y estando a lo acordado. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizar la designacion efectuada por el Consejo Directivo de los siguientes miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI): · Senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. · Senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivarola Moyano. · Senor abogado Jim MORDAZA MORDAZA Riveros. Articulo 2º.- El mandato de los comisionados a que se contrae el articulo anterior sera por el periodo de dos (2) anos. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion a los miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI y a la Secretaria Tecnica del citado organo, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo 806627-1

ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Formalizan designacion de miembros de la Comision de Infracciones y Sanciones de la APCI
RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA N° 065-2012/APCI-DE Miraflores, 13 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperacion tecnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable que se gestiona a traves del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado en funcion de la politica nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creacion de la APCI ­ Ley Nº 27692 y sus modificatorias; Que, la APCI tiene la facultad de controlar, supervisar y fiscalizar la Cooperacion Internacional No Reembolsable y la correcta utilizacion de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el MORDAZA, asi como la potestad de imponer sanciones a las infracciones previstas en el articulo 21º de la Ley Nº 27692; Que, el Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-RE y modificatoria, contiene las disposiciones que rigen la clasificacion y tipificacion de las infracciones en las que puedan incurrir las personas juridicas sin fines de lucro que utilicen recursos de cooperacion internacional no reembolsable;

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 120-2012-OS/CD Mediante Oficio Nº 0445-2012-GART, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 120-2012-

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