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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (28/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2012 469184 SUNASS-CD, según las fuentes de fi nanciamiento: (i) Recursos no reembolsables y (ii) Otras fuentes de fi nanciamiento, conforme al detalle consignado en el Anexo Nº 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- PRECISAR que los demás extremos de las Resoluciones de Consejo Directivo Nº 025-2008-SUNASS- CD y 031-2008-SUNASS-CD mantienen su vigencia. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El Anexo Nº 1, así como el Informe Nº 038-2012-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria, serán publicados en la página web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Con la intervención de los señores consejeros Fernando Momiy Hada, Jorge Olivarez Vega, Marlene Inga Coronado y Julio Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA LA SEPARACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN DE LA EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. APROBADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 025-2008-SUNASS-CD. I. ANTECEDENTES El artículo 28 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que están sujetos a regulación de tarifas, los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario proporcionados por las entidades prestadoras de servicios de saneamiento. El artículo 96 del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que la SUNASS defi nirá y aprobará la fórmula tarifaria que corresponde a cada EPS, para cada quinquenio, en función al Plan Maestro Optimizado que presenten las EPS. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2008- SUNASS-CD, se aprobaron la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que son de aplicación por la EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2008-2013, aprobándose asimismo el nivel de Fondo Exclusivo de Inversión. A través de la Resolución de Consejo Directivo N° 031- 2008-SUNASS-CD, la SUNASS modifi có la Estructura Tarifaria aprobada con Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2008-SUNASS-CD. Por Resolución Nº 062-2011-SUNASS-CD se aprueban los Lineamientos para el Periodo de Transición Relativo a las EPS no comprendidas en la Modifi cación de las Condiciones de Aplicación del Modelo Regulatorio de SUNASS, en adelante los Lineamientos. II ANÁLISIS La separación de las Metas de Gestión de la EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. se realiza en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 062-2011-SUNASS-CD. En tal sentido, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha procedido a evaluar las Metas de Gestión de la mencionada EPS, separando dichas metas de acuerdo a la fuente de fi nanciamiento de las cuales depende su cumplimiento. Es importante, destacar que en ningún caso la separación de las metas de gestión implica la modifi cación de la tarifa media ni de la Estructura Tarifaria. III. CONSIDERACIONES LEGALES.- III.1 Facultades del Organismo Regulador De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Pública en los Servicios Públicos, y los artículos 24 y 26 del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión correspondiente a EPS públicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El artículo 30 de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento dispone que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las tarifas. El artículo 85 del Decreto Supremo Nº 023-2005- VIVIENDA, Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicación a las EPS municipales, públicas, privadas y mixtas. Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 061- 2011-SUNASS-CD se incorporó al Reglamento General de Tarifas el artículo 6A que establece las condiciones de aplicación del régimen tarifario. Con la Resolución de Consejo Directivo Nº 062-2011- SUNASS-CD se aprobaron los Lineamientos. IV IMPACTO ESPERADO.- La aprobación de la separación de las metas de gestión de la EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. contribuye a diferenciar el cumplimiento de metas relacionadas a aquellos proyectos que la empresa puede fi nanciar con recursos internamente generados, de las metas relacionadas a aquellos proyectos fi nanciados y/o ejecutados con recursos no reembolsables de terceros; y de este modo se permite que la EPS no se vea afectada por el incumplimiento de metas relacionadas a proyectos que no dependen de su manejo exclusivo, pues su fi nanciamiento y/o ejecución corresponde a terceros. DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA SEPARACION DE METAS DE GESTION DE LA EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. Informe Nº 038-2012-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta la propuesta de separación de las Metas de Gestión según correspondan a proyectos fi nanciados con las diversas fuentes de fi nanciamiento, comprendidos dentro de los alcances de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión de la EPS SIERRA CENTRAL S.R.L. 806943-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Designan responsables de supervisar la actualización permanente del portal de transparencia de atender solicitudes de acceso a la información y de la elaboración y actualización del portal institucional RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 082-2012-SERVIR-PE Lima, 26 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 004-2009-ANSC-PE, se designó al señor Marcelo Gonzalo Cedamanos Rodríguez, Gerente General de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como funcionario responsable de supervisar la actualización permanente del Portal de Transparencia de la Entidad; al señor Manuel Gustavo Mesones Castelo, Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR como responsable tanto de atender las solicitudes de los accesos a información que presenten los ciudadanos en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, como de publicar las normas legales de carácter general de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; y a la señorita Alicia Chavarría Olivera, Especialista en Tecnología de la Información de la Autoridad Nacional del Servicio Civil,