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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de marzo de 2012 463061 la autoridad del medio ambiente; que afectan la calidad de vida de los vecinos haciendo insostenible la vida en común. 5. Cuando mediante acto administrativo se declare fundada la denuncia vecinal que determine que el funcionamiento del establecimiento produzca un daño, atenten contra el orden público, la moral y las buenas costumbres. 6. Cuando sobrevenga la desaparición de las condiciones exigidas legalmente para el otorgamiento de licencia de funcionamiento cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relación jurídica. 7. Cuando se constate el expendio no autorizado de bebidas alcohólicas, tabaco; así como la exhibición, alquiler, venta o facilite revistas, videos, videojuego u otros de contenido pornográfi co a menores de edad e incumplimiento de las normas que prohíben el ingreso de menores de edad. 8. Cuando se desarrolle un giro distinto al autorizado que afecte y tenga incidencia signifi cativa sobre los intereses públicos cautelados de seguridad ciudadana, orden público, salud, paz social, medio ambiente, recursos naturales, patrimonio cultural, defensa nacional y bien común. La revocación de la licencia de funcionamiento no genera efectos indemnizatorios conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 1535-2010/SC1-INDECOPI que establece el precedente de observancia obligatoria que interpreta los alcances del procedimiento de revocación establecidos en los artículo 203 y 205 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y será resuelta por la máxima autoridad administrativa. Asimismo se dictará como medida complementaria la clausura Defi nitiva del Local la cual dependerá del perjuicio generado al público o de la falta que se haya cometido siendo evaluada en primera instancia, en un debido procedimiento sancionador, por parte de la Unidad Orgánica encargada del Control y Fiscalización de la MDLCH. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Primera.- Procedimientos en Trámites Los procedimientos administrativos en trámite deberán adecuarse a lo dispuesto a la presente Ordenanza. Segunda.- Creación de un Consolidado de Formalización Temporal Disponer que la Unidad Orgánica encargada del Control y Fiscalización de la MDLCH realice en un plazo máximo de 90 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, un Consolidado de las Personas Naturales y Jurídicas que realizan actividad de comercio sin autorización en el distrito de Lurigancho Chosica por incompatibilidad de zonifi cación, siempre que exista consolidación comercial de usos comunes entre sí podrán regularizar su situación de forma excepcional y de manera temporal hasta presentarse una propuesta de cambio de zonifi cación a la Municipalidad Metropolitana de Lima. No obstante los registrados en el consolidado deberán cumplir con los otros requisititos establecidos por ley respecto a las condiciones de seguridad y las autorizaciones especiales correspondientes. Las autorizaciones temporales que se otorguen tendrán una vigencia máxima de un año no renovable, sólo para actividades comerciales hasta el nivel de Comercio Vecinal y su área no supere los cien metros cuadrados (100.00 m2) debiendo cumplir además con presentar la declaración jurada de impuesto predial correspondiente. No se encuentran comprendidos dentro de los alcances del párrafo anterior los giros de Discoteca, Video Pub, Karaoke, Snack–Bar, Salón de Bailes, Grifos, Gasocentros y afi nes. Una vez cumplido el plazo de vigencia y solo si la propuesta de cambio de zonifi cación no haya podido concretarse los administrados podrán solicitar nuevamente licencia de funcionamiento temporal cumpliendo los requisitos establecidos para cada categoría conforme a la presente norma. Tercera.- Crear el Sistema Informático de Trámite de Licencia de Funcionamiento Disponer la creación del Sistema Informático de Trámite de Licencia de Funcionamiento de la Sección de Licencia de Funcionamiento, la cual permitirá a los administrados llenar de forma virtual y en tiempo real, vía página web de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica, las Solicitudes concernientes al Trámite de Licencia de Funcionamiento, las cuales serán impresas por su persona conforme a su elección y presentadas de forma válida. Dicho sistema generará predictibilidad en el administrado efectuándose un ahorro de tiempo, gasto y esfuerzo en el trámite de Solicitudes de Licencia de Funcionamiento. Asimismo, el Sistema Informático de Trámite de Licencia de Funcionamiento constituirá una base de datos de todas las Licencias de Funcionamiento otorgadas en el distrito de Lurigancho Chosica que permitirá monitorear los aspectos Ex Post al otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento como la vigencia de los Certifi cados de Defensa Civil, los Carnet de Sanidad, Certifi cados de Fumigación respectivamente y demás que resulten pertinente. En cuanto a las licencias emitidas con anterioridad a la creación del Sistema Informático de Trámite de Licencia de Funcionamiento de la Sección de Licencia de Funcionamiento se procederá a su integración en la base de datos de forma gratuita desde una antigüedad que comprende a partir del año 1993, para lo cual se dispondrá que la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y la Sub Gerencia de Comercialización, Defensa al Consumidor y Policía Municipal procedan a integrar de forma gratuita a los establecimientos que intervengan en los respectivos operativos de fi scalización. La integración consistirá en solicitar al administrado copia simple de su licencia de funcionamiento y demás documentación que permita establecer que el mismo cuenta con autorización municipal para ejercer su actividad de forma lícita. Los datos de integración recabados por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y la Sub Gerencia de Comercialización, Defensa al Consumidor y Policía Municipal serán entregados a la Sección de Licencia de Funcionamiento la cual registrará en su respectiva base de datos una vez evaluada la documentación entregada por los órganos fi scalizadores. Cuarto.- Costo de los Procedimientos Administrativos que derivan del Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento Los costos de los procedimientos cuya naturaleza derive del Procedimiento de Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento serán establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Aprobar los formatos físicos e informáticos con carácter de declaración jurada correspondientes al procedimiento de otorgamiento de Licencia de Funcionamiento y demás que deriven de éste que deberán presentar los administrados, que como anexo forma parte de la presente norma y serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica. Segunda.- Aprobar los nuevos formatos de Certifi cado de Licencia de Funcionamiento, siendo el primero de ellos de color azul y blanco para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de Forma Indeterminada y el segundo de color verde y blanco para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de Forma Temporal. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica dictar las disposiciones complementarias de la presente norma para su correcta aplicación. Cuarta.- Encárguese a la Gerencia de Municipal; Gerencia de Rentas; Sub Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas de la corporación municipal encargados de la ejecución y aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- Deróguese la Ordenanza Nº 095/MDLCH y toda norma de igual e inferior rango que se oponga o contravenga la presente Ordenanza.